La organizadora del Rally Sur do Condado, Escudería Surco, y la aseguradora de la Federación Española de Automovilismo, Aig Europe, han sido condenadas a indemnizar a los nueve lesionados en el accidente ocurrido el pasado 11 de julio de 2009 durante la celebración de la sexta edición de esta prueba automovilística. Tanto la escudería como la aseguradora deberán indemnizar a todos los lesionados "para el resarcimiento total de los perjuicios que se le causaron", según la sentencia judicial ante la que cabe recurso de apelación.

Todos los lesionados eran espectadores que presenciaban el rally cuando fueron arrollados por uno de los vehículos participantes que sufrió una salida de vía.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Ponteareas ha dictado sentencia el pasado 17 de enero en relación a la demanda presentada por seis de los lesionados representados por Eugenio Moure Abogados. En su escrito, la juez sustituta condena a la organizadora y a la aseguradora a abonar más de 337.000 euros a seis de los lesionados demandantes.

Estos seis demandantes eran todos ellos espectadores del rally el 11 de julio de 2009. Se encontraban en el kilómetro 9,5 del tramo B, en la parroquia de Sela, en Arbo, y estaban situados en la parte exterior de la curva presenciando la prueba en un punto donde no había cinta de protección ni de advertencia alguna que impidiese la presencia de público. Además, indican que en ese punto había personal de la organización, así como un puesto de venta de bebidas. Fue entonces cuando, sobre las 13.15 horas, fueron arrollados por un Citroën Saxo que participaba en la prueba y que se salió de la vía por el margen izquierdo en un tramo curvo hacia la derecha.

Los seis demandantes señalan que "el accidente se produjo al no adoptar la organización medida alguna de seguridad".

Por su parte, tanto la Escudería Surco como Aig Europe alegaron que los demandantes se habían situado en una zona señalizada como prohibida al público, y que habían sido advertidos por la Guardia Civil para que desalojaran el lugar, igual que había hecho el personal de la organización, por lo que defienden que "no se produjo negligencia alguna por su parte". En este sentido, tanto la organizadora como la aseguradora defienden que "existe culpa exclusiva de las víctimas al haber desobedecido las órdenes expresas de la autoridad para que no se situasen en un lugar prohibido al público".

De estos seis demandantes, el más perjudicado y que deberá ser indemnizado con más de 144.000 euros, fue un trabajador de la construcción de 43 años, al que le fue reconocida una incapacidad permanente total, así como el derecho a una pensión vitalicia mensual. Su principal secuela está localizada en su talón derecho, cuya lesión le ha causado cojera, dificultad para calzarse y la necesidad de utilizar muleta para caminar.