El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 1 de Tui declaró nula la asamblea de socios del centro San Xerome Emiliani, de A Guarda, celebrada el 31 de mayo de 2014.

A su vez declara el derecho de los socios demandantes a tener acceso al censo de asociados, a fin de poder convocar una asamblea general extraordinaria, algo que vienen solicitando desde el año 2013 y que nunca se pudo realizar "al negarse la dirección del centro a facilitar los datos necesarios para poder ejercer el derecho de los socios, recogido por la legislación", manifiestan. El juez impuso las costas del proceso al centro San Xerome Emiliani.

Los motivos que llevaron a los demandantes a impugnar la asamblea de 2014 fueron los impedimentos para hacer efectiva la solicitud de convocatoria de asamblea extraordinaria y por negarles el derecho al voto argumentando diferencias entre unos y otros socios, informan.

El juez consideró que todos los socios tienen las mismas obligaciones y las mismas cuotas.

La sentencia recoge que en actas anteriores no se hacen constar aspectos básicos en la actividad de cualquier asociación. Según figura en la sentencia, en la mayoría de la documentación no se indica de forma expresa si se vota para aprobar las cuentas, los cambios en los miembros de las juntas directivas, entre otras irregularidades.