BAIXO MIÑO
El fiscal envía documentación sobre obras urbanísticas al juzgado de Tui
Eva González / TUI
La Fiscalía de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha trasladado al Juzgado de Tui la documentación referente a la tramitación y aprobación de las Unidades de Execución números 1, 2, 3, 4, y 5, del plan Xeral de Ordenación Municipal de Tui, llamadas ahora P.E.I. (Polígonos de Execución Integral), para investigar supuestas irregularidades relacionadas con los coeficientes de edificabilidad.
El concejal del grupo socialista de Tui, Xesús Vila, señala en su escrito, donde informa sobre ello, que la actuación del Ministerio Fiscal es independiente de la que lleva a cabo la Consellería de Política Territorial, cuando presentó un recurso, admitido por el juzgado de lo Contencioso número 2 de Pontevedra, por el acuerdo plenario tomado el 2 de agosto de 2004, por el que se desestimó el requerimiento de la Xunta de anular los proyectos de urbanización de las citadas unidades de ejecución. Considera el concejal que es posible que el Juzgado acumule estos hechos a los que actualmente se instruyen tras una denuncia sobre las obras que se estaban realizando en los terrenos de la finca conocida por Patazumba, en la Unidade de Execución número 2 del PXOM de Tui.
Describe Vila que los hechos supuestamente delictivos a investigar son que tras la aprobación definitiva del PXOM de Tui el 7 de octubre de 1994, con 9 unidades de ejecución a desarrollar (con coeficientes de edificabilidad entre 1.40 y 1.80 m2/m2.), se promulga la anterior Lei do Solo durante el año 1997, que establece un coeficiente de edificabilidad para todas las categorías de suelo urbano no consolidado (como el de las Unidades de Execución) para ciudades de 5.000 a 20.000 habitantes de 0,825m2/m2 "que deroga expresamente tódalas prescripcións normativas que se opoñan ao sinalado nesta", puntualiza.
Sin embargo, el pleno del Concello e Tui, el 28 de agosto de 2001 aprobó una ordenanza aclaratoria número 2 que "mantén os coeficientes de edificabilidade xa derogados e deixa en mans dos funcionarios municipais e do pleno as alturas das edificacións nos devanditos ámbitos". Esta ordenanza no fue aprobada por la Xunta de Galicia y carece de validez jurídica alguna, puntualiza el concejal.
Con la nueva Ley de septiembre de 2002 de Ordenación do Territorio e do Medio Rural de Galicia, el coeficiente de edificabilidad para todas las clases de suelo urbano no consolidado en ciudades entre 5.000 y 20.000 habitantes pasa a ser de 0,850m2/m2.
El pleno del Concello de Tui, el 28 de agosto de 2003, con los votos en contra de la oposición, aprobó los estudios de detalle de las Unidades de Execución números 1, 2, 3 y 5, acogiéndose a la ordenanza aclaratoria número 2, no aprobada por la Xunta.
El conselleiro de Política Territorial, el 9 de septiembre de 2003, inició el expediente de suspensión del planeamiento de Tui, lo que supone la suspensión automática de otorgamiento de licencias. Pero cinco días antes de que el Consello de la Xunta suspendiese definitivamente el planeamiento de Tui, el pleno del Concello aprobó inicialmente la revisión del PXOM, acordándose la suspensión de licencias en los ámbitos de actuación de las Unidades de Execución 1, 2 3, 5 y 9 del antiguo PXOM.
Con fecha 20 y 21 de octubre de 2004, se hacen públicas las resoluciones de la Alcaldía que permiten aprobar el proyecto de urbanización en el ámbito de actuación de las Unidades de Execución 1 y 3 . Todo ello cuando, según la Lei, no podrá realizarse parcelación urbanística sin aprobarse previamente el planeamiento exigible para cada suelo.
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