"Si murmurar la verdad aún puede ser la justicia de los débiles, la calumnia no puede ser otra cosa que la venganza de los cobardes" (Jacinto Benavente).

Acabo de leer que la Asociación Trece Rosas pretende emprender acciones legales en contra del miserable político Ortega Smith por sus declaraciones sobre las Trece Rosas. Afirman que le imputarán un delito de calumnia y dos delitos de odio. Ello me obliga a una adenda a mi anterior carta publicada "Más franquista que los tribunales de Franco".

Una cosa es la verdad, aquella en que sí ha calumniado, a sabiendas de tener conocimiento de su falsedad y temerario desprecio a la verdad, y otra es que la querella pueda prosperar en vía penal. Con la vigencia del artículo 215 del Código Penal, desde luego, que no: "Nadie puede ser penado por calumnia o injuria sino en virtud de querella de la persona ofendida o de su representante legal". ¿Quiénes son las personas calumniadas? Trece jóvenes fusiladas hace cuarenta años. Fallecida una persona, se extinguen los derechos inherentes a su personalidad, entre los cuales se encuentra el derecho al honor. Excepcionalmente, la ley de enjuiciamiento criminal (art.276) lo permite siempre y cuando su representante legal (la mayoría de los casos sus herederos) interpusiera la querella en un plazo no superior a un mes del óbito.

En lógica penalista, en base a lo precedente, no creo que la fiscalía incoe la querella por comisión de un presunto delito de calumnia o injuria. Otro motivo a añadir a una desestimación de la causa es la aplicación de la doctrina Botín, al constreñirse la presentación de la demanda a la acusación particular. Lo que sí podría prosperar, con la cautela que me provocan las resoluciones judiciales, algo en materia penal es que las afirmaciones del señor Ortega Smith hayan provocado la comisión de un presunto delito de odio. Lo que se conoce en el argot jurídico como "discurso de odio" o "incitación al odio", que doctrinalmente tienden a equipararse al propio delito de odio. Hubo una intencionalidad clara de atacar no solo a las víctimas llamadas las Trece Rosas sino que transmitir un mensaje de rechazo, hostilidad e intimidación a todo el colectivo que defienda su memoria y a la de todas las víctimas del franquismo. Discriminación ideológica gratuita en esta frágil democracia nacida en la Transición, que ha dado cobijo a sus propios enemigos, otorgándoles voz y voto que, otrora negaban a los que disentían de aquella deleznable dictadura, que ellos ensalzan sin recato.

Más que escepticismo me invade el pesimismo en que pueda prosperar cualquier demanda en la vía penal en contra del sórdido Ortega Smith. El eterno subterfugio legal entre el delito de odio y el derecho a la libertad de expresión. Una libertad de expresión calumniosa, con conocimiento de causa, que la vía penal protege. Solamente deseo que él y sus adláteres se metan sus discursos ominosos por donde excretan.