El Supremo deja en suspenso la sentencia que dictó que deben ser los bancos, y no los clientes, quienes abonen el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD), una tasa vinculada a las hipotecas, en contra de lo señalado por dos sentencias anteriores del mismo tribunal.

Lo normal es que la Sala Primera de lo Civil del Supremo adopte en su ordenamiento jurídico lo que preceptúe la Sala Tercera, a la que pertenece la Sala Segunda de lo Contencioso Administrativo, pero este "giro tan radical" confunde no solo a la opinión pública, donde ya se oye exclamar que "aquí cunde una justicia de pegote y marcha atrás", sino también ha propiciado una enorme incertidumbre en los ámbitos de la jurisprudencia y de las entidades bancarias de todo el Estado español. En concreto, nadie entiende este gesto histórico, sin precedente.

El Supremo paralizó de hecho miles de recursos pendientes sobre el pago del citado impuesto hasta que se decida qué criterio finalmente se aplica. La Sala Tercera, en la que se integra la Sala Primera de los Civil y otras cinco secciones, están ahora a la espera de lo que fije el Pleno de esta Sala de lo Contencioso Administrativo, compuesta por 31 jueces, a petición del presidente de la Sala, Luis María Diez Picazo. Sin embargo, la decisión ahora de pedir su intervención, una vez emitida la sentencia, pese a que la ley recoja tal posibilidad, debería haberse hecho de otra manera, porque cabía el riesgo de dictarse fallos contradictorios con sentencias anteriores del mismo tribunal.

Fuentes jurídicas expresan que la decisión que adopte ahora el Pleno puede poner en una posición complicada y atípica a los jueces que firmaron el fallo. No es nada usual que el Pleno del tribunal, con 31 jueces, se imponga a la decisión adoptada por la Sala Tercera, integrada por seis magistrados. "Lo habitual, coinciden expertos, es siempre avocar el conocimiento del asunto al Pleno antes de que se dicte el fallo y no después".

En principio, la sentencia del jueves produjo graves pérdidas en bancos y bolsas y la perspectiva de miles de reclamaciones de los clientes, ya que de media, cada ciudadano podría haber reclamado entre 2.000 y 3.000 euros, a lo que habría que añadir intereses, según la cuantía de cada préstamo.

Todo lo que acontece conlleva inseguridad y poca confianza, si cabe menos, en todo lo que concierne a ejercer los derechos ciudadanos ante la banca, única interesada en elevar a públicas las escrituras para poder ejercer como bien propio en los casos de impagos o desahucios.

El fallo que causó pavor a los poderes financieros el jueves, establece que es el banco quien debe hacer frente al impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) por ser ellos el sujeto pasivo, pues son ellos los interesados en la elevación de la escritura pública dado que sin tal trámite, no dan la hipoteca.

El Pleno ahora debería decidir si aplica el ordenamiento jurídico de la última sentencia o si lleva a cabo alguna acotación o vuelve al criterio anterior. Varios bancos, ante la incertidumbre del fallo del tribunal, han decidido cerrar el acceso a sus préstamos hipotecarios, casos como BBVA, Banco Santander o Bankia.