Aunque algunos por su forma de hablar creen que las constituciones son infalibles, si somos gente que piensa, deberíamos admitir que puede que tengan algunos artículos contrarios a los derechos humanos. Pero muchos políticos en sus alegatos apelan a la Constitución como si su texto fuese una verdad incontrovertible y rebelada. La traen a colación como el argumento del "Santo Grial", con la pretensión de que sea aceptada por todos sin rechistar, y sin poner sobre la mesa otras consideraciones, pretendiendo que con solo nombrarla, se acabe toda discusión. Hay que recordarles que éstas pueden cambiarse por la voluntad de sus señorías.

Las constituciones son redactadas por los políticos, que no tienen el don de la infalibilidad. Por esto pueden equivocarse en su redacción, por lo que no todo lo que reza en ellas es palabra de Dios, y por lo tanto el texto puede modificarse mediante el acto voluntario de querer hacerlo.

Hay personas que aún reconociendo esta posibilidad (que puedan estar equivocadas en alguno de sus planteamientos) mantienen la afirmación de que mientras no se la cambie, hay que actuar como reza en ellas; y en este punto es donde yo discrepo, pues cuando transgrede los derechos humanos, desde mi punto de vista, no puede exigirse su cumplimiento. A continuación voy a explicar el porqué:

Para desarrollar este tema, no hay mejor ejemplo que fijarse en las constituciones que en este mundo han sido, en donde se incorporaban textos contrarios a los derechos humanos. Empecemos por aquellas que tenían algunos artículos que amparaban la esclavitud, o la prohibición a las mujeres de decidir sobre su vida, salir del país sin el permiso de su marido, o disponer de la fortuna heredada, o poder votar, etc.

Cuando un esclavo huía de su amo, y al perseguirlo lo cazaban, según estos supuestos a los que ahora apelamos, había que decirle que si quería ser libre, tenía que esperar a que se cambiara la constitución vigente, y que mientras esto no sucediera, tenía que seguir como esclavo sumiso. Creo que este ejemplo es altamente significativo. Hay hoy en las constituciones actuales otros artículos que aún que no tan palpables como este ejemplo, no respetan los derechos humanos de algunos grupos poblacionales. En estos casos no hay que esperar a que otras mayorías de superior rango y número le den su visto bueno. Además en las constituciones actuales, en donde hoy dice blanco, mañana puede decir negro, y por tanto, lo blanco como lo negro, según el momento en que te encuentres, puede ser legal, tanto lo blanco, como lo negro.

Por lo tanto, ningún político debía usar la mención a la Constitución como un arma infalible para vencer al contrario, sino que debía emplear otros argumentos más convincentes.

Hablando de lo que hoy está en el candelero, Cataluña, no podemos decirle a los catalanes que para poder ejercer su derecho a decidir tienen que esperar a que el resto de los españoles cambiemos la forma de pensar, porque esto es negarle sus derechos humanos, y en este punto desobedecerla es una obligación. Todos los pueblos han de tener la posibilidad de escoger su forma de ser y de gobernarse, y no puedo comprender que alguien lo niegue (ver Art. 1º del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos con la ONU, que entró en vigor el 23 de marzo de 1976).