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Tribunales

Cierran la causa penal contra una expresidenta de O Grove acusada de apropiarse de fondos de la comunidad

Sus vecinos denunciaron impagos en una obra y retiradas de dinero, pero los tribunales ven «falta de indicios» y la prescripción del posible delito

Un juicio en la Audiencia de Pontevedra.

Un juicio en la Audiencia de Pontevedra. / Gustavo Santos

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O Grove

La Audiencia de Pontevedra ha dado carpetazo a la denuncia interpuesta por la vía penal por parte de una comunidad de propietarios de un edificio de O Grove en contra de la que fue su presidenta durante 17 años y a la que acusaban de quedarse con dinero de las derramas.

Los magistrados ratifican la decisión de un tribunal de instancia de Cambados de archivar las diligencias iniciadas con la denuncia interpuesta en 2022.

Abrazan sus argumentos, es decir, la «falta de indicios» de que se apropiase de dinero o de que realizase una administración inadecuada, así como que el presunto delito de apropiación indebida que le atribuían entre 2007 y 2012 habría prescrito.

De este modo, desestiman el recurso que había presentado el resto de vecinos, quienes consideraban que no había pasado el plazo de cinco años para ese vencimiento y que expusieron la existencia de retiradas de dinero superiores a 300 euros de la cuenta corriente de la comunidad.

No obstante, también reconocían que no podían confirmar si esas cantidades se habían destinado o no al concepto por el cual fueron retiradas y así lo destaca la Audiencia de Pontevedra, quien indica que al haber finalizado el plazo de instrucción ya no es posible la práctica de más diligencias de investigación, siendo otro motivo para ratificar la decisión del juez cambadés.

Este, en su auto de sobreseimiento provisional y archivo de la causa, también mencionó otro caso que motivó el litigio, que la empresa que habían contratado para modernizar el ascensor no recibió todo el pago. De hecho, le debían unos 8.200 euros y acudió a los tribunales para reclamarlo, siendo finalmente condenada la comunidad del edificio a abonarle esto y otros 2.500 euros en concepto de intereses y costas.

Pese a esto «no es posible afirmar que la investigada se apropiase de dinero o realizase una administración inadecuada del patrimonio» común, expuso.

Y teniendo en cuenta las fechas en las que se habría cometido el presunto delito, también entendía que la responsabilidad criminal quedaba extinguida por prescripción del delito.

Con todo, también indicaba que su pronunciamiento viene «sin perjuicio de las acciones civiles» que pudieran corresponder a la comunidad.

La denunciante se opuso a las alegaciones interpuestas contra el archivo de las diligencias y también el Ministerio Fiscal.

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