Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Una lacra difícil de erradicar

La pesca ilegal resiste una década después de ser tipificada como delito

Las conclusiones del informe de 2011 titulado «El furtivismo marino y su incidencia en la comunidad autónoma de Galicia», que fue clave en su inclusión en el Código Penal, siguen latentes

Efectivos de Gardacostas de Galicia retirando nasas ilegales en la ría.

Efectivos de Gardacostas de Galicia retirando nasas ilegales en la ría. / Iñaki Abella

Manuel Méndez

Manuel Méndez

Arousa / Pontevedra

El Código Penal establece que el furtivismo marino es delito en España y que la extracción de recursos sin licencia, en zonas vedadas o incumpliendo las normas de seguridad y sostenibilidad, como tallas, topes y similares, puede acarrear penas de cárcel de entre cuatro meses y dos años.

Costó mucho conseguir esa tipificación delictiva, al igual que sigue constando mucho erradicar esta actividad, pues a pesar de los castigos a que se exponen, todavía son muchos los que se dedican a esquilmar los recursos.

Baste como ejemplo lo publicado esta misma semana por FARO DE VIGO en relación con la actividad de Gardacostas de Galicia, cuando se desveló que desde el pasado 1 de enero dicho departamento se incautó de casi 6 toneladas de producto y 4.235 útiles o aparejos ilegales, tanto a lo largo y ancho de las rías como en varias lonjas, donde supuestamente todo lo que se despacha es legal.

Dicho de otro modo, que esta lacra económica, social y medioambiental sigue afectando a la biodiversidad y la economía de las comunidades pesqueras legales, por mucho que fuera tipificada como delito en la reforma del Código Penal de 2015.

Es decir, que ha pasado una década de aquella decisión y este año se cumplen quince desde la publicación de un documento que fue determinante para adoptarla.

No es otro que el informe titulado «El furtivismo marino y su incidencia en la comunidad autónoma de Galicia», encargado por la Fiscalía Superior de Galicia –por entonces en manos de Carlos Varela– al Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil.

Un detallado estudio de las zonas marisqueras firmado por el teniente coronel Miguel Ángel González Arias, el comandante Francisco Javier Molano y el teniente Carlos Bandín Buján en el que se constató la existencia de diferentes tipos o especialidades furtivas y que, a la vista está, no ha pasado de moda.

Recuperación de centollo pescado ilegalmente, utilizando miños no señalizados o identificados.

Recuperación de centollo pescado ilegalmente, utilizando miños no señalizados o identificados. / Iñaki Abella

En aquel ambicioso trabajo publicado por la Consellería do Mar, siendo Rosa Quintana su titular, se establecía que el furtivo puede ser doméstico, vacacional, marginal, recreativo y profesional o legal.

Estas son sus características esenciales, reflejadas en la citada publicación:

  • FURTIVO LEGAL.

En esta categorías se integran los armadores, tripulantes, mariscadores de a pie y todo aquel profesional del mar que se aprovecha del permiso de explotación para dedicarse a capturar ejemplares de talla inferior a la permitida o en veda. Es el mismo encaje delictivo en el que tienen cabida los mal llamados «profesionales del sector» que habitual e intencionadamente superan los topes establecidos y todo aquel que se aprovecha de su condición para colocar en el mercado capturas ilegales, perjudicando así a los verdaderos profesionales, que actúan dentro de la legalidad.

Como ya se explicó en ocasiones anteriores, el informe «El furtivismo marino y su incidencia en la comunidad autónoma de Galicia» hace mención expresa al centollo que se captura cuando está en veda, «dándose la existencia de algunos pescadores que no dudan en aprovechar su actividad diaria para capturarlo y venderlo directamente al regresar a puerto o guardarlo en jaulas y salabardos a la espera de que finalice su veda».

Es, sostiene el documento, «un furtivismo silencioso, que pasa más desapercibido, pero no por ello carece de importancia, ya que poco a poco, y dada la continuidad de su práctica, se llega a unos niveles altos de fraude».

Era así hace quince años, y así continúan las cosas en la actualidad, tal y como se ha denunciado en multitud de ocasiones desde la Consellería ahora dirigida por Marta Villaverde.

Golpe al furtivismo en Galicia la víspera de San Xoán con la incautación de más de 2.000 kilos de sardinas

R. S

Donde saben que furtivo legal no es solo el mariscador que supera los topes máximos, recoge el producto en zonas prohibidas y/o lo vende sin pasar por lonja, sino también quien se excede con la cantidad de redes, nasas o cualquier otro aparejo, quien lo coloca sin balizar ni identificar y quien lo usa donde no se permite .

  • FURTIVO DOMÉSTICO.

En esta categoría se encuadran las «personas que residen en los municipios costeros, generalmente mayores y marineros jubilados, que por uso y costumbre recolectan ejemplares para consumo propio».

En este caso, y la Guardia Civil así lo destacaba en su momento, es de resaltar que el furtivo doméstico «parece estar socialmente aceptado», al ser sus responsables «oriundos de la zona y no generar alarma social».

  • FURTIVO VACACIONAL.

Como furtivo vacacional o «de bañador» se conoce a cuantos aprovechan sus vacaciones de verano para, en las zonas de baño, «recolectar ejemplares de fácil acceso, generalmente para consumo propio».

Así trabajan los Gardacostas de Galicia

Manuel Méndez

Sucede, sobre todo, con especies como la almeja, berberecho y navajas, siendo su extracción a manos de los furtivos de temporada cada vez menos aceptada y más perseguida en localidades como A Illa de Arousa.

  • FURTIVO MARGINAL.

Se trata de personas «con carencias de integración social y necesidades económicas». Es decir, individuos que «por sus circunstancias personales se encuentran en alguna situación de falta de integración social, por presentar psicopatologías adictivas y comportamientos y conductas de desarraigo tales como toxicomanías, alcoholismo, desempleo crónico por falta de adaptación y similares», explicaba el instituto armado hace quince años.

Para añadir que «la tolerancia a este tipo de furtivismo es bastante amplia en términos generales, aunque representa, al igual que el resto de conductas, una parte del problema».

  • FURTIVO RECREATIVO.

En este apartado se incluyen las personas que, amparadas por sus licencias de pesca recreativa, capturan especies para las que no tienen autorización.

También aquellos que capturan las permitidas sin respetar los topes, introduciendo esos productos en el mercado alimenticio mediante la venta directa a restaurantes o particulares. Incluso hay casos en los que esta actividad representa un complemento económico de otras ocupaciones profesionales.

Conclusiones

En base a todo esto, queda claro que «la problemática del furtivismo es tan compleja como el amplio abanico de tejido social al que afecta, pues desde su nacimiento con la extracción en el medio marino hasta que llega a su destino final en las manos del consumidor, (el producto ilegal) discurre por cauces de distinta índole y naturaleza».

Gardacostas de Galicia elimina gran cantidad de redes y nasas ilegales en una nueva jornada de vigilancia y protección del medio marino

Iñaki Abella

Esta reflexión puede parecer de lo más actual, pero en realidad ya figuraba, a modo de conclusión, en el citado informe sobre el furtivismo marino editado en 2011, es decir, incluso antes de la tipificación del furtivismo como delito.

Algo que viene a demostrar que, por mucho que se haya avanzado y a pesar del importante trabajo y creciente esfuerzo de la propia Guardia Civil, la Consellería do Mar, algunas cofradías y servicios como Gardacostas de Galicia, la cruda realidad demuestra que la erradicación de esta lacra aún está lejos. Y no parece fácil de conseguir sin la tantas veces demandada implicación de todos, incluidos los profesionales del sector mar-industria, los hosteleros y los consumidores.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents