El TSXG confirma la condena de cinco años de prisión al narco O Marqués
El alto tribunal autonómico rechaza todos los puntos del recurso que presentó el arousano
Fue detenido en 2021 cuando portaba en su coche droga valorada en 65.000 euros

Audiencia de Pontevedra. | Gustavo Santos
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de cinco años de prisión que la Audiencia de Pontevedra impuso al arousano Javier Vázquez, O Marqués, por tráfico de drogas. El narco presentó un recurso en el que interesaba la nulidad del juicio y de la sentencia, amparándose en una decena de puntos, pero los magistrados del TSXG los han rechazado todos.
O Marqués fue detenido por la Policía Nacional y la Guardia Civil el 15 de septiembre de 2021, cuando se dirigía a Brión para participar en una operación de venta de droga, tal y como consideran acreditado los magistrados. Los investigadores hallaron en una «caleta» de su coche medio kilo de cocaína, y algo más de 200 gramos de heroína. Ambas sustancias tendrían un valor en el mercado negro de 65.000 euros.
Posteriormente, se hicieron sendos registros en viviendas de Catoira y Vilagarcía vinculadas a O Marqués, y se localizaron en ellas numerosos útiles para la preparación de la droga y equipos informáticos y de comunicaciones. La operación, denominada Galapagar-Duque-Leucipo, supuso la detención del presunto socio del arousano, un hombre de Ferrol afincado en Brión.
El asunto se instruyó en el Juzgado 3 de Vilagarcía, y se juzgó en 2024 en la sección cuarta de la Audiencia de Pontevedra. Los magistrados consideraron probados los delitos que el fiscal atribuía a O Marqués, y le impuso una condena de cinco años de prisión y una multa de 150.000 euros.
Pero el arousano presentó un recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, solicitando la nulidad del juicio y, por extensión, de la condena. Alegaba, entre otros motivos, que el registro de su vivienda y de su coche se realizó sin suficientes indicios. A esto, los magistrados del TSXG le contestan que los indicios «son algo más que meras sospechas», y que en este caso existían, puesto que el procesado había sido interceptado en un par de ocasiones con grandes cantidades de dinero en su poder, y se habían constatado varias reuniones suyas con personas vinculadas al narcotráfico. «Los encuentros eran de corta duración, en lugares apartados o solitarios, en ocasions de noche, buscando la máxima discreción». En cuanto al registro del turismo, los magistrados recuerdan que la jurisprudencia del Supremo indica que, «el registro de un vehículo utilizado exclusivamente con medio de transporte no goza de la protección constitucional del domicilio».
O Marqués reclamaba también una rebaja de la pena por su condición de toxicómano, certificada por un servicio oficial de Santiago. Sin embargo, en el TSXG responden que la atenuante se aplica cuando la drogadicción afecta a «las facultades volitivas e intelectuvas del acusado» o cuando, «la causa de la conducta es la propia drogadicción», algo que no se produjo en este caso.
Javier Vázquez ya había sido condenado a tres años de cárcel por narcotráfico en 2017.
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