La Audiencia de Pontevedra confirma la condena al vilagarciano que agredió a su hijo discapacitado
El menor, que tenía 12 años y presentaba una discapacidad del 53%, fue zarandeado en un bar
El hombre permaneció durante horas atrincherado y armado en casa de sus padres, como hizo en otras ocasiones
Los hechos se remontan a 2020, en pleno confinamiento por el COVID

El acusado por los hechos acaecidos en mayo de 2020 se refugió en casa de sus padres. / Iñaki Abella

La Audiencia de Pontevedra ha confirmado la sentencia que condena a un vecino de Vilagarcía por agredir a su hijo, nacido en 2008 y que presenta una discapacidad del 53%. Los hechos tuvieron lugar en el interior de un bar en pleno confinamiento por COVID, el 17 de mayo de 2020.
Muchos recordarán este caso porque este individuo, que había salido de prisión unos meses antes –cumplió condena por haber agredido a su padre con un cuchillo–, permaneció durante horas atrincherado y armado en la planta superior del domicilio de sus progenitores, en la parroquia vilagarciana de Cea.
La defensa del hombre, que responde a las iniciales V.P. y fue condenado por violencia en el ámbito familiar tras golpear a su hijo hace ahora un lustro, presentó un recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra el pasado 2 de diciembre, pero la Audiencia lo desestimó.
De este modo confirma el fallo inicial, según el cual se imputa al acusado, con antecedentes y condenas previas, una pena de diez meses de prisión, con la accesoria legal de inhabilitación del derecho de sufragio pasivo durante el mismo tiempo, por un delito de maltrato en el ámbito familiar, con el agravante de reincidencia y la atenuante analógica de consumo de tóxicos.

Efectivos del GOES de la Policía Nacional, frente a la vivienda del hombre. / Iñaki Abella
Asimismo, le quedó prohibido tener o portar armas durante dos años y medio, como tampoco puede aproximarse a menos de 200 metros de su hijo y de su domicilio por un periodo de dos años. Evidentemente, tampoco puede comunicarse con el joven.
V.P. también fue condenado por un delito leve de amenazas en el ámbito familiar, igualmente dirigidas al niño, «concurriendo la agravante de reincidencia y la atenuante analógica de consumo de tóxicos».
En este caso la pena es de 30 días de localización permanente en domicilio separado y alejado de la víctima y prohibición de acercarse a menos de 200 metros o comunicarse durante seis meses.
Amenazas a la policía
Se le atribuye, asimismo, un delito leve de amenazas a los agentes del orden que acudieron a su casa cuando decidió atrincherarse, lo que supone multa de dos meses a razón de seis euros de cuota diaria, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Eso sí, se le absuelve por la comisión de un delito de maltrato en el ámbito familiar en la persona de su padre.
A mayores, V.P. debe indemnizar a su hijo, a través de la madre del joven, que es su representante legal, en la cantidad de 105 euros por las lesiones causadas y abonar al Sergas los gastos derivados de su asistencia sanitaria al niño, lo cual asciende a 256.87 euros.
Hechos probados
Para entender todo esto hay que remitirse a los hechos considerados probados. De los mismos se desprende que la tarde del 17 de mayo de 2020, este hombre actuó durante el régimen de visitas del que disfrutaba «con ánimo de menoscabar la integridad física de su hijo, menor de edad, agarrándolo fuertemente del cuello y zarandeándolo cuando el menor le dijo que quería marcharse del bar en el que se encontraban».

La Policía y los familiares del hombre atrincherado frente a la vivienda / Iñaki Abella /
Indica el tribunal que el menor «sufrió erosiones en el cuello que han precisado para su sanidad una primera asistencia facultativa y tres días de perjuicio personal básico».
Fue un delito de maltrato en el ámbito familiar, con el agravante de reincidencia y la atenuante analógica de consumo de tóxicos.
Parece que «dada la situación y el temor causado», el niño se fue del bar hasta a casa de los abuelos paternos, en el lugar de Outeiro, donde el condenado apareció momentos después «con ánimo de atemorizar a su hijo» diciéndole:«Métete en casa, cabrón, o cuando vuelvas te vas a enterar», mientras su madre trataba de «llevarse al menor en su coche para protegerlo».
Cuando la Policía Nacional se presentó en el lugar, el individuo aludido dijo a los agentes que los iba «a matar» y que «los iba a reventar si entraban en la casa», permaneciendo encerrado desde las 21.30 horas del día 17 de mayo de 2020 hasta las 05.30 horas del día siguiente, cuando se retiraron las últimas patrullas de la Policía Nacional.
Lo hicieron «tras varias horas intentando negociar con él sin lograr que entrara en razón». Muy por el contrario, «les tiró varios objetos desde el interior de la casa, entre ellos un cartucho calibre 12-70».
Volvió a atrincherarse meses después
V.P. volvió a atrincherarse en octubre de aquel mismo año. En aquella ocasión, el individuo fue detenido tras ser denunciado por sus progenitores a causa de una presunta agresión al padre y fue capturado por efectivos de la Comisaría de Policía Nacional de Vilagarcía tras protagonizar otra rocambolesca historia en su lugar de residencia, en la parroquia vilagarciana de Cea.
Su familia se vio obligada a denunciarlo por las lesiones que habría causado a su padre, quien, según algunos testigos, tenía la cara ensangrentada y diversas magulladuras.
A raíz de aquel episodio los padres tuvieron que salir de la vivienda familiar y alojarse en un hotel, mientras el hijo permanecía atrincherado en la casa.
Como no obedecía a la llamada policial, los efectivos de Comisaría pidieron ayuda a los bomberos de Vilagarcía para que abrieran la puerta. Tuvieron que utilizar un separador eléctrico para lograr la misión. Pero mientras se llevaba a cabo esta operación, el individuo escapó por una ventana trasera.
La huida no fue por mucho tiempo y la policía logró detenerlo. Una patrulla lo trasladaba al servicio de Urgencias del ambulatorio de Vilagarcía, que comprobó su estado de salud, y posteriormente volvió a conducirlo al calabozo, a la espera de ser puesto a disposición del juez de guardia.

Sentencias anteriores por maltrato habitual, coacciones y lesiones
El condenado en el caso del niño agredido en pleno confinamiento en un bar de Vilagarcía «cuenta con antecedentes penales computables a efectos de reincidencia», destaca la Audiencia.
Esto se debe a que fue «ejecutoriamente condenado, entre otras, en sentencia firme de fecha 29 de marzo de 2011, dictada por el Juzgado de lo Penal nº 1 de Pontevedra».
Aquella vez «por un delito de maltrato habitual» que le costó un año y nueve meses de prisión, por «un delito de amenazas en el ámbito familiar», con una pena de seis meses de prisión, y por un delito de coacciones en el ámbito familiar, con una condena de seis meses de prisión. También, en el mismo auto, por un delito de lesiones en el ámbito familiar que le acarreó una pena de seis meses de prisión, tal y como confirma la propia Audiencia Provincial de Pontevedra.
Pero pueden citarse otros casos, pues este hombre de 49 años también fue condenado por el Juzgado de lo Penal nº 4 de Pontevedra en sentencia firme dictada con fecha de 9 de septiembre de 2011.
Fue por un delito de lesiones, esa vez con una pena de dos años, «siendo la fecha de extinción de todas las penas anteriores el 21 de julio de 2019».
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