La Xunta tendrá que pagar 31.500 euros a una mariscadora de Carril a la que denegó un permiso

El TSXG sentencia que "los errores manifiestos" de la Consellería de Mar provocaron que dejase de ingresar esa cantidad

Marisqueo a flote con raños, para el que la denunciante había pedido permiso

Marisqueo a flote con raños, para el que la denunciante había pedido permiso / Noé Parga

Un fallo burocrático de la Consellería do Mar ha derivado en un menoscabo para las arcas públicas de 31.437,22 euros, a los que hay que sumar los intereses y hasta 1.500 en concepto de costas. Es la cantidad que le tendrá que abonar la Xunta a una mariscadora de Vilagarcía de Arousa que estuvo casi dos años sin poder capturar bivalvos porque se le denegó un permiso que le correspondía.

Es el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) el que le impone a la Administración autonómica esta indemnización para la titular de una embarcación adscrita a la cofradía de pescadores Santiago Apóstol de Carril. Se trata de una sentencia fechada el 3 de marzo y contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. No ha trascendido si la Xunta ha optado por recurrir a la última instancia.

Los magistrados consideran que la consellería incurrió en "errores manifiestos" a la hora de resolver una convocatoria para asignar tres permisos dentro de su Plan de Explotación Modalidad de Marisqueo con Vara (raño). La Jefatura Territorial de Mar en Vigo otorgó más puntuación de la que le correspondía a una de las embarcaciones, lo que dejó fuera a la denunciante. Ahí, el 24 de julio de 2019, comenzó un embrollo legal que sigue coleando cuatro años después.

Rañeiros mariscando en la ría de Arousa

Rañeiros mariscando en la ría de Arousa / Noé Parga

Primero, la mariscadora consiguió que el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 anulase la resolución de la convocatoria. La Xunta recurrió entonces al TSXG, que volvió a dar la razón a la denunciante, de manera que se vio obligada a ejecutar la sentencia. El 30 de junio de 2021, finalmente, la Jefatura Territorial de Mar otorgó a esta mujer el permiso para mariscar que le correspondía. Pero ella no se quedó ahí.

La titular de la embarcación le reclamó a Mar los daños y perjuicios que el "mal funcionamiento" de la consellería le había causado. La Xunta rechazó esa reclamación, así que el asunto volvió a los tribunales.

Discrepancia sobre la indemnización

Ahora, los magistrados de la Sección Segunda de lo Contencioso-Administrativo del TSXG dan la razón a la mariscadora. Admiten en la sentencia que la anulación de una decisión de la Administración no supone que, automáticamente, se genere un derecho a la indemnización. Sin embargo, consideran que en este caso ha quedado demostrado que se produjo un "daño efectivo, individualizado y evaluable económicamente" por culpa del fallo de la consellería.

Aunque la defensa de la Xunta se centró en evitar pago alguno a la titular de la embarcación, sí presentó su propio cálculo del lucro cesante, para el caso de salir condenada. Se quedaba en 25.901 euros, alegando que los 31.437,22 que reclamaba la denunciante estaban basados en "conjeturas". El tribunal, en cambio, considera que el informe pericial está bien armado y que esa es la cantidad que la mariscadora dejó de ingresar al no poder capturar almejas entre el 24 de julio de 2019 y el 30 de junio de 2021.

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