El TSXG rechazó la pretensión del salesiano vigués prófugo de rebajar la pena en aplicación de la “Ley del solo sí es sí”

El pederasta Segundo Cousido Vieites quedó en libertad tras alegar su vulnerabilidad ante el COVID | Permaneció solo nueve meses en prisión

En el centro, Segundo Cousido, salesiano condenado a prisión por abusos a menores y prófugo de la Justicia.

En el centro, Segundo Cousido, salesiano condenado a prisión por abusos a menores y prófugo de la Justicia. / RAFA VÁZQUEZ

Antonio Touriño

Antonio Touriño

El sacerdote salesiano Segundo Cousido Vieites imploró la pasada semana una última prórroga para ingresar en prisión con el propósito de despedirse de su madre, beneficio que le fue concedido “apud acta”, a través de su procurador, explican en fuentes jurídicas cercanas a uno de los casos de abusos sexuales más mediáticos de los últimos años en la provincia en tanto que afectó a seis menores que inocentemente habían confiado en este profesor que dirigía el campamento de Castrelo (Cambados) y la peregrinación a Santiago de Compostela que la congregación religiosa había organizado en 2019.

El sacerdote salesiano Segundo Cousido durante el juicio celebrado en la Audiencia de Pontevedra.

El sacerdote salesiano Segundo Cousido durante el juicio celebrado en la Audiencia de Pontevedra. / RAFA VAZQUEZ

Fue la última “carta” que el cura empleó para esquivar el ingreso en la cárcel para cumplir la condena de 32,5 años que le impuso la Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra en 2021 y ratificó en mayo del pasado año el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG), decisión que provocó una cascada de recursos tanto para lograr la nulidad de la sentencia como para obtener una rebaja de la misma aprovechando los resquicios abiertos por la llamada “Ley del solo sí es sí” que quiso utilizar a su favor.

La orden inmediata de búsqueda

Transcurridos diez meses desde la firmeza de la sentencia han saltado todas las alarmas cuando Segundo Cousido eludió la última orden de prisión que la Audiencia había dictado por medio de providencia el pasado 23 de febrero, fecha en la que se le daban los primeros tres días de plazo para iniciar el cumplimiento de las penas por los seis delitos de abusos sexuales contra menores.

El ahora prófugo ya había esquivado con habilidad el régimen penitenciario y de hecho solo permaneció en prisión provisional durante nueve meses, los previos al juicio que se celebró en julio de 2021 en Pontevedra.

Fuentes conocedoras del caso entienden que pudo haber una cierta compasión o consideración con él por ser religioso lo que habría facilitado su libertad bajo fianza cuando presentó un informe médico que acreditaba una dolencia, “supuestamente asma”, lo que le convertiría en especialmente vulnerable ante la epidemia COVID si se daba un brote entre la población reclusa.

El juicio al sacerdote salesiano se celebró con todas las precauciones por la pandemia COVID

El juicio al sacerdote salesiano se celebró con todas las precauciones por la pandemia COVID / RAFA VAZQUEZ

En libertad por ser susceptible de enfermar gravemente

Al presentarse a juicio mantuvo dicho régimen de libertad condicional si bien antes ya le habían retirado el pasaporte, limitando de este modo su libertad de movimientos fuera de territorio nacional o, al menos, europeo.

Pero al no haberse presentado en prisión esta semana se activaron las alarmas, de modo que se urgió a las fuerzas y cuerpos de seguridad la localización del prófugo, a través de una requisitoria comunicada esta misma semana.

Pero la fuga no es la única hipótesis que se baraja tras conocerse la orden de captura dictada con urgencia por la Audiencia.

Temor por su integridad

El letrado Luis Lorenzo Cuervo, quien actuó en la pieza civil relativa a las indemnizaciones que pudieran corresponder a la congregación religiosa a la que pertenece Segundo Cousido expresó ayer la preocupación que le causa esta desaparición. “Fue una sorpresa enorme, me enteré esta mañana por la prensa, –dijo ayer– y sentí cierta angustia por lo que le haya podido pasar”, admite el letrado en una corta conversación telefónica. “Espero que esta situación no obedezca a una determinación grave de tipo personal, que por humanidad claro que me afecta”, agregó.

En fuentes de la inspectoría salesiana también admiten cierto “miedo” por lo que pudiera haber ocurrido al sacerdote cambadés, sin especificar más.

Los hechos por los que fue condenado se registraron en 2019 cuando seis menores denunciaron tocamientos por parte del cura encargado de atenderles por la noche durante la celebración de un campamento escolar relacionado con una peregrinación a Compostela. También fue denunciado por otro adolescente con el que compartió a solas la visualización de un partido de la Champions League, como se indica en la sentencia de la Sección Cuarta de Audiencia de Pontevedra.

Segundo Cousido, el día en que la policía le condujo a los Juzgados de Cambados para declarar por los abusos a seis niños. |   // IÑAKI ABELLA

Segundo Cousido, el día en que la policía le condujo a los Juzgados de Cambados para declarar por los abusos a seis niños. | // IÑAKI ABELLA / A.Touriño

Denuncia de los hechos

La denuncia se interpuso en su día en el Juzgado de Cambados donde se instruyó la causa y se tomó declaración tanto al investigado como a las víctimas, quienes ya en un primer momento se mostraban “en shock” por cuanto les había sucedido con una persona a la tenían como superior y a la vez “amigo”, tal como se refleja en la sentencia dictada un año después.

Y es que los hechos fueron de tal gravedad que el tribunal resaltó en su sentencia “la situación de superioridad derivada de su profesión”, como docente de Religión, “y la relación de amistad que les unía y que iba más lejos de la de profesor-alumno”.

Actos lascivos con los menores

Los hechos probados hacen hincapié en que el sacerdote realizó, en todos los casos, “tocamientos en los órganos genitales” de los menores, “normalmente por encima de la ropa, aunque, en alguna ocasión, también por dentro”.

Y en este sentido añadía que los actos realizados “no dejan lugar a la duda, no solo por el proceder subrepticio –aprovechando las horas nocturnas y el sueño de los menores–, sino por los actos de contenido inequívocamente sexual”, recalca la sentencia confirmada por el alto tribunal gallego.

Durante la vista en la Audiencia de Pontevedra, la defensa intentó convencer al tribunal de que los actos pudiera haberlos cometido otra persona “y que los menores errasen en su identificación”. Este alegato tampoco sirvió para exonerarle.

El TSXG frustró su plan de rebajar la pena

Uno de los últimos recursos que promovió el sacerdote para prolongar su estancia fuera de prisión desde que la condena devino firme por el fallo del TSXG buscaba una reducción de condena basada en la nueva redacción de la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual, coloquialmente conocida como la Ley del solo sí es sí que pronto volverá a ser revisada. El letrado Francisco Lago, que ejerció la acusación particular en nombre de la Fundación Amigos de Galicia, reconoce que le sorprendió este alegato de la defensa, igual que otros muchos que han supuesto tantos meses de retraso de la orden de entrada en prisión.

El abogado subraya que el sacerdote ha sido condenado por la comisión de abusos sexuales, delito que a diferencia de las agresiones sexuales leves del artículo 178, no implican una rebaja de la condena, como resolvió el TSXG. Lago estima que de los 32,5 años de prisión que le impuso la Audiencia, el acusado solo tendría que cumplir algo más de la mitad, 16,5 años pues la Ley establece que solo tendría que cumplir el triple de la más grave, es decir los 5,5 años que se le impusieron por tres delitos continuados de abusos. El hecho de que no haya ingresado en prisión, afirma, “le perjudicará el día de mañana pues no va a poder disfrutar inicialmente de los beneficios penitenciarios a los que tendría derecho cuando cumpla una cuarta parte de la condena”.

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