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La usura en las tarjetas "revolving", castigada por un juzgado de Cambados

Las comisiones, seguros y el 24,6% anual dificultan poner fin al crédito /El despacho de la letrada Diana Otero lleva un centenar de casos ELa jurisprudencia es ahora clara

La letrada grovense Diana Otero en su despacho atiende a una cliente. | // FARO

La usura hace un siglo estaba tan extendida que bajo el reinado de Alfonso XIII se dictó una Ley específica y todavía vigente que los jueces aún la emplean a día de hoy contra las entidades que están detrás de las llamadas “tarjetas revolving”, esas que los comerciales de distintas entidades ofrecen a clientes para que dispongan de crédito fácil y descuentos muy atractivos en servicios como gasolineras, hipermercados o en la factura de la luz, subrayando que tienen la garantía de entidades financieras solventes.

Pero esa oferta tan sugerente suele acabar como el rosario de la aurora debido a las condiciones leoninas que figuran en la letra pequeña de un contrato que muy pocos clientes se paran a leer, por lo que disponer de una cantidad de dinero se convierte en una auténtica ruina para quien suscribió una fórmula de pago casi para la eternidad.

Eso, más o menos, es lo que le sucedió a un vecino de O Grove que se vio obligado a demandar al Santander Consumer Finance S.A.,, mercantil con la que contrajo la deuda de un crédito obtenido a través de la tarjeta del Club Unión Fenosa Mastercard, con unos intereses del 24,6%, muy por encima del establecido por el Banco de España en 2010, año en el que dispuso de esa cantidad de dinero.

Ahora, la entidad financiera no solo tendrá que devolverle la cantidad cobrada de más en intereses sino que ha de abonar las costas procesales de un procedimiento que dirigió la letrada grovense Diana Otero Mascato, del bufete Foro Lex.

La jurista asegura que este tipo de casos proliferan en todos los juzgados de España. “En nuestros despachos de O Grove y Cambados, los tres letrados que lo formamos hemos presentado más de un centenar de demandas en Galicia por casos idénticos al que concluyó con esta sentencia de Cambados”, afirma.

Diana Otero expone que son situaciones muy complicadas y afirma que tiene clientes que han llegado a perder “hasta 20.000 euros” a los que les era imposible saldar la deuda con la entidad financiera, por lo que terminan pidiéndoles ayuda. “El precio de algunas tarjetas de crédito termina convirtiendo al cliente en un deudor perpetuo”, explica con cierto enojo al poner de manifiesto las cláusulas abusivas de este tipo de contratos, que en vez de suponer un “salvavidas para fraccionar los pagos son un verdadero quebradero de cabeza para las personas que, finalmente, son incapaces de satisfacer la deuda”.

La letrada grovense anima a quienes se encuentren en una situación similar a la de su cliente que presenten una reclamación. “Los consumidores, si ya han pagado más de lo prestado, pueden exigir la nulidad del contrato, así como la devolución del exceso de capital más los intereses, los seguros y las comisiones”, indica.

Pero también subraya que en el caso de que todavía no se haya satisfecho la deuda también es posible “reclamar judicialmente la nulidad del contrato y la devolución de los intereses, los seguros y las comisiones, y abonar a la entidad prestamista el capital pendiente de pago”.

En Foro Lex resaltan que “ha habido verdaderos abusos por parte de las entidades emisoras de estas tarjetas, puesto que en muchos casos, en cada mensualidad los clientes casi solo pagan intereses y gastos, sin amortizar nada o casi nada de la deuda, llegando muchos a sufrir una situación de angustia financiera”.

La sentencia de O Grove fue dictada por el titular del Juzgado número 1 de Cambados que en este caso consideró leoninas las condiciones del préstamo por lo que condenó a la prestataria a reintegrar el dinero cobrado de más, con intereses y costas por determinar en la ejecución de la misma.

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