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Condenado un padre por “zarandear” a su hijo de seis meses y causarle riesgo vital

En el Hospital do Salnés se sospechó desde el primer momento del posible maltrato que sufrió el menor EEl pequeño estuvo 11 días en UCI y requirió atención durante un año

Acceso principal al Hospital de O Salnés | // NOÉ PARGA

Un bebé de solo seis meses de edad se debatió durante 11 días entre la vida y la muerte en la UCI del Complejo Hospitalario de Santiago tras ser zarandeado por su padre en el domicilio familiar de Vilanova el 3 de julio de 2020, como expone la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Pontevedra. Ahora, casi dos años después de aquellos hechos, el progenitor ha sido condenado a seis meses de prisión y alejamiento del menor durante un año y medio como autor de un delito de lesiones por imprudencia grave, además de afrontar una indemnización de 13.425 euros, si bien la sentencia aún no es firme.

La resolución dictada por la magistrada Belén Rubido se ciñe a los numerosos informes y pruebas diagnósticas complejas, que avalan la conclusión inicial de la médico del Hospital do Salnés que atendió al pequeño cuando llegó con “un cuadro de convulsión” y tras ser sometido a un TAC (prueba de imagen) se observó que sufría “hemorragias retinianas en llama”, derivadas de un fuerte traumatismo en la cabeza, o lo que se conoce como “Schaking Baby Syndrome” (SBS) o “síndrome del zarandeo”, un claro ejemplo de maltrato infantil, aunque pueda ser ocasional.

Los hechos se produjeron en el domicilio que la familia tiene en Vilanova de Arousa. Según los hechos probados, sobre las 16.00 horas, el padre se quedó a cargo del pequeño mientras que la madre se ausentaba media hora para comprar agua en el supermercado. Fue en ese lapso de tiempo, cuando por razones que no constan, “actuando con absoluta falta de diligencia”, cogió (al niño) y lo sometió “a varias sacudidas muy enérgicas, sin ser consciente de que de esta forma podría causarle lesiones importantes” aunque era sabedor “de la vulnerabilidad de su hijo por su estado de salud previo”.

Fue la madre, natural de Vilanova de Arousa, cuando al regresar al domicilio “detectó el estado anómalo en el que se encontraba su hijo, procediendo inmediatamente a trasladarlo al servicio de urgencias del Hospital do Salnés, en Vilagarcía de Arousa”. Al llegar al centro, tras la exploración correspondiente, explica la magistrada, se observó que el pequeño presentaba síntomas del denominado “síndrome del zarandeo”, pues se apreciaron “hematomas subdurales espinales, hemorragias superficiales intrarretinianas en llama bilaterales, hemorragias aisladas puntiformes en retina profundas bilaterales, hematoma subdural con componente agudo y convulsión tónico-clónica febril prolongada que requirieron una primera asistencia médica y luego, ingreso en el hospital de Santiago durante 25 días”. El menor fue dado de alta 216 días después de sufrir las lesiones.

En un repaso de la resolución, esta incide en que se trató de un caso que alertó de inmediato a los profesionales pues el niño llegaba al centro médico sin lesiones externas visibles más que el cuadro de convulsión y la mirada perdida, lo que ya hizo sospechar inicialmente de que el pequeño podía haber sido sacudido y sufrir lesiones internas como las que se le diagnosticaron enseguida.

Se tuvo en cuenta que se trataba de un bebé muy vulnerable tanto por tener solo seis meses de vida como por el hecho de que había sido prematuro, de solo 32 semanas de gestación, y con una leve hidrocefalia derivada de este corto proceso de formación prenatal.

Sospechoso de “distocia social”

Tras el suceso, el matrimonio se sometió a diversas exploraciones de los servicios sociales ya que en el propio Hospital do Salnés se intuyó que podría estarse ante un caso de distocia social al entender que es “anormal que se maltrate a un menor por sus progenitores”, de forma que incluso se puso en riesgo su vida como expresó el fiscal en su calificación. Los informes admiten que “no existen indicios de un maltrato anterior ni tampoco de una situación familiar que apunte a tal circunstancia”, pero durante la vista la defensa hizo que constara que en el hospital se observó una cierta “discriminación” hacia el padre porque se presentó en urgencias desaliñado, después de trabajar y sin afeitar, por lo que entendió que su aspecto pudo convertirle en sospechoso, apreciación que por otra parte la juez descarta de plano. La médico de O Salnés subraya que “siempre que existen indicios de maltrato de un menor “se trata de un caso de distocia social por cuanto se trata de un comportamiento anormal y que se aleja de lo que en la sociedad se espera de un progenitor con respecto al cuidado de su prole”.

De ahí que la juez enfatice en esta primera instancia sobre la responsabilidad del padre al poner en riesgo “la vida misma del menor”, considerando los hechos como una “imprudencia grave”, al entender que este debería haber extremado la diligencia “en el cuidado”, sobre todo porque ambos progenitores “saben de la importancia” de atender “con mayor delicadeza a un menor con tantos problemas físicos”. Es en este sentido cuando ya la juez avanza que es el “bien jurídico a proteger” lo que va a ser determinante al establecer la “gradación de la gravedad por la imprudencia del padre”.

Se valora también en la sentencia el hecho de que la madre ha querido proteger y disculpar a su marido en todo momento, tanto que durante la vista expuso que el pequeño podría haber llegado a sufrir las lesiones como consecuencia de un accidente pues en la mañana de aquel 3 de julio dañó la fontanela al “golpearse en la cabeza con uno de los barrotes de la cuna en la que dormía”.

Una explicación que en nada satisface a la magistrada quien en todo momento subraya la negligencia paterna. “El padre actuó como lo hizo o bien porque minusvaloró la probabilidad de que aconteciera el resultado dañoso o bien porque tuviera una errónea creencia de poder controlar el riesgo que creaba”, expone.

Y agrega su convencimiento de que el encausado “zarandeó a su hijo..., con cierta violencia al punto de causarle las lesiones, puesto que la conducta desplegada (varias sacudidas de aceleración y desaceleración) y dada la extrema fragilidad del menor y la corpulencia del padre provocaron semejante cuadro lesivo, que a punto estuvo de causar la muerte o lesiones irreversibles al menor”.

Síntomas propios de este tipo de maltrato

La defensa, que tiene diez días para anunciar si presenta recurso a la sentencia, intentó durante la vista buscar otra explicación muy diferente al zarandeo por el que se condena al padre por las lesiones infligidas al bebé. En la sentencia se recoge que el letrado entiende que las lesiones graves que padeció el bebé pudieron ser consecuencia del golpe fortuito que el niño sufrió en la cuna “o por otras causas médicas como el síndrome de Terson”, si bien este diagnóstico requeriría otras pruebas que los médicos en ningún momento consideraron necesarias, pues suponen un riesgo al precisar sedación. Y es que ya en el Hospital do Salnés se puso de manifiesto la sospecha del “Schaking Baby” al afectar “a un lactante varón de 6 meses y 21 días” que llegó al centro “traído por sus padres en su coche al observar que presentaba llanto inconsolable, salivación, desconexión del medio, mirada perdida y posterior hipotonía”. En el traslado la situación del niño empeoró y al llegar al Hospital fue estabilizado y le realizaron varias pruebas que llevaron a la médica de O Salnés a interrogar a los padres pues había apreciado en las pruebas de imagen que el niño padecía “un sangrado subdural” que le hacían sospechar de un traumatismo “porque tenía un hematoma agudo y subagudo”. Precisamente estos síntomas son los que plasmó en su informe tras la exploración de tres horas en el centro sanitario, en concreto, cuando subrayó que “hay muchas causas, pero este tipo de hematoma subdural y hemorragias retinianas está descrito en la Literatura (médica) como patrón de maltrato, sobre todo si aparecen junto con las hemorragias bilaterales en llama”, un parecer que fue corroborado durante el juicio por los médicos del Clínico de Santiago al que fue derivado el menor para su tratamiento ya que son expertos en neurocirugía y referentes en toda España”.

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