Siete años y medio de prisión, prohibición de acercarse a menos 150 metros o comunicarse con la víctima y una indemnización de 164.847 euros, a lo que hay que sumar el lucro cesante que durante el período de baja dejó de ingresar como mariscador así como la asistencia sanitaria prestada por el Sergas. Esta es la condena para el joven isleño Nicolás L. P. , condenado como autor de un delito de homicidio en grado de tentativa, con el agravante de abuso de superioridad, en la figura de otro vecino del municipio al que, según señala la sentencia, arrojó desde lo alto del centro de usos náuticos de O Bao.

En la sentencia ha resultado fundamental la versión de la víctima y del propio acusado. De hecho, se destaca en el escrito que la víctima mantuvo en todo momento su versión, desde que se la refirió a un amigo en la uci del Hospital Montecelo hasta el día en el que le tocó declarar ante el Tribunal. No le resta credibilidad a su versión, explican los magistrados en la sentencia, el hecho de que en un primer momento, cuando fue encontrado por un vecino, “le refiriese a este que se había caído desde lo alto de la edificación, ya que esa era la información básica para que su vecino tomase conciencia de la gravedad de su estado de salud y llamase a la ambulancia”, aludiendo también a un posible miedo al agresor que, como él, era vecino y conocido en el municipio de A Illa. Además, añade la sentencia, “no se advierte rastro alguno de animosidad, ni de resentimiento o rencor hacia N.L.P., más bien una apacibilidad en el relato de lo ocurrido, sin manifestación alguna de aversión u odio hacia el acusado, ciñéndose a referir como ocurrieron los hechos”. En contraposición, las declaraciones del acusado entran en contradicción con una serie de mensajes de whatsapp enviados en días posteriores a lo ocurrido.

Lo que no ven los magistrados es la alevosía que reclamaban la acusación particular y la Fiscalía, por la que le reclamaban 11 años de prisión, al considerar que “no hay base para apreciar una anulación deliberada de las posibilidades de defensa en la actuación llevada a cabo por el acusado”. Insiste la sentencia en que “no se dio un escenario de total aseguramiento buscado a propósito, sino una forma de ejecución que le daba cierto dominio a N.L.P. de su acción agresiva, pero sin ese carácter de seguridad que puede determinarse cuando hay alevosía”. En cambio, la sentencia si considera que hubo un aprovechamiento de la superioridad física en comparación con la de la víctima, una superioridad que debe considerarse como un agravante genérico de abuso de superioridad. Inciden los magistrados en que “existió un claro desequilibrio de fuerzas entre el sujeto y su víctima, que colocó a esta última en una situación de inferioridad frente al autor del delito. N.L.P. aprovechó la ventaja de su superioridad física para hacer caer a la víctima desde una altura de más de siete metros”.

Los hechos analizados en la sentencia arrancan en la madrugada del 8 de marzo de 2020 en A Illa de Arousa, municipio donde residen el condenado y la víctima. Sobre las 4.42 horas, cuando la víctima se encontraba ya en su domicilio, recibió una llamada de N.L.P. en la que le pedía que lo fuese a recoger a la plaza de O Charco en el coche. Una vez juntos, y por indicación del condenado, se trasladaron al edificio de usos náuticos, situado en la playa de O Bao, a donde llegaron sobre las 5.00 horas.

Una vez estacionado el vehículo, accedieron desde la fachada principal a la parte más alta de la edificación, situada a unos 7,5 metros de altura. Allí, N.L.P. le indicó a la víctima que dejara sus pertenencias en el suelo, con la expresión “quita o bolso”. En el momento en que la víctima se incorporaba, después de haber dejado el bolso, de tipo bandolera, en el suelo, N. L. P. “haciendo uso de su mayor complexión física, y sabiendo que sometía a la víctima a un riesgo de muerte, lo agarró por una pierna y por la cintura, lo elevó por encima de la barandilla, y lo dejó caer al vacío, impactando con su cuerpo en el suelo de hormigón, quedando tendido en la parte posterior del edificio”. A continuación, abandonó el lugar a pie, llevando consigo el bolso de la víctima, del que se deshizo en el camino de vuelta. Esas pertenencias serían localizadas el día 9 de marzo por varias mariscadoras en la playa de Abilleira, a escasos metros de la vivienda de la víctima.

La víctima permaneció tendido en el suelo con graves heridas, consiguiendo arrastrarse escasos metros hasta un lugar algo más visible, aunque no fue localizado hasta después de las 10.00 horas por un vecino que se dirigía al centro de usos náuticos para trabajar en una dorna. Este le prestó los primeros auxilios y alertó a los servicios sanitarios. La víctima estuvo ingresado en Montecelo y arrastra secuelas como son la limitación de la movilidad, una deformación en un pie y varias cicatrices entre otras cosas.