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Miñanco pide la anulación de la sentencia por blanqueo de dinero del narcotráfico

Sito Miñanco en el juicio celebrado en la Audiencia de Pontevedra Gustavo Santos

El Tribunal Supremo celebró ayer la vista de los recursos de las defensas contra la sentencia de la Audiencia de Pontevedra que impuso a José Ramón Prado Bugallo “Sito Miñanco”, a su primera esposa María Rosa PN, a su hija mayor Rosa María PP, su excuñada Josefa PN, y al empresario José Alberto AM, respectivamente, una pena de cuatro años de prisión y una multa de seis millones de euros por blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico. El abogado de Miñanco, Jacobo Teijelo pidió la anulación del fallo judicial y que no se le trate como el gran enemigo público.

El fallo de la Audiencia pontevedresa declaró probado que los condenados blanquearon dinero procedente de la droga entre 1988 y 2007 mediante la adquisición de bienes inmuebles a través de la inmobiliaria San Saturnino y que el citado empresario actuó como testaferro del narcotraficante cambadés.

Los abogados de todos los condenados han solicitado a la sala del Tribunal Supremo que dicte una sentencia absolutoria para todos ellos mientras, que el fiscal propuso que el máximo tribunal confirme lo dictado por la Audiencia Provincial.

“Maniobras procesales”

El defensor de Sito Miñanco ha señalado que la causa ya fue archivada tanto por el Juzgado de Instrucción de Vilagarcía como por el de Cambados, en decisiones confirmadas por la Audiencia de Pontevedra, y que fue reabierta por “maquinaciones y maniobras procesales de ingeniería jurídica” por parte de la Fiscalía, cambiando su criterio inicial de apoyo al sobreseimiento.

Ha recordado que Sito Miñanco lleva desde 1991 en prisión salvo algunos periodos concretos y que siempre ha estado vigilado, por lo que “difícilmente ha podido hacer nada” desde esa fecha, y que además se le condena con el Código Penal de 2010. Por ello ha insistido en que procede una sentencia absolutoria “por mucha presión mediática que haya”.

Su abogado pide un fallo absolutorio "por mucha presión mediática que haya"

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La letrada defensora de Rosa María PP ha alegado que su representada adquirió sus propiedades con el dinero de toda una vida trabajando y que las pagó con transferencias bancarias, y ha apuntado: “Solo se le condena por ser hija de quien es”.

El defensor de la exesposa de Miñanco, Rosa PN, ha manifestado que la inmobiliaria San Saturnino fue constituida antes de que se tipificara en 1988 en España el delito de blanqueo de capitales.

También ha asegurado que es falso lo indicado en el informe de Hacienda que concluye que en la adquisición de un inmueble se declaró que se compraba por 400.000 euros cuando en realidad el valor real era de 800.000 para ocultar el blanqueo del dinero.

El abogado de la excuñada de Miñanco, Josefa PN, ha expuesto que los peritos de Hacienda señalaron en su informe que los inmuebles que esta mujer adquirió no se correspondían con sus ingresos. Pero también dijo que en el juicio los peritos reconocieron que cuando elaboraron ese informe no les constaba ingresos que ella recibió como una pensión alimenticia de su exmarido por su hija, la venta de otros inmuebles, una indemnización por un accidente de 200.000 euros, una pensión por incapacidad y préstamos hipotecarios.

Según sus números, en el periodo investigado su defendida ingresó 700.000 euros por la suma de todos estos conceptos, una cifra muy superior al valor de los cinco inmuebles que adquirió, por un total de 360.000 euros. Además, el letrado señaló que la Audiencia no concreta qué dinero se blanqueó.

Asimismo ha recordado que la hermana de su representada se separó de Sito Miñanco hace más de 30 años y que su defendida lleva trabajando desde los 15 años y que lo tiene todo justificado.

El letrado de José Alberto A.M. ha señalado que en su relación empresarial con San Saturnino su cliente no tenía por qué saber si el capital de esta sociedad podía tener un origen ilícito como el narcotráfico y que todas las operaciones que llevó a cabo fueron legales.

El fiscal se opone

El fiscal se ha opuesto a todos los recursos ya que, a su juicio, la Audiencia ha condenado a los acusados con suficientes pruebas indiciarias de la comisión del blanqueo de capitales, como la ejecución anterior de una actividad de tráfico de drogas por Sito Miñanco, el uso de empresas pantalla y un patrimonio que no se corresponde con los ingresos de los investigados.

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