El Estado asume que la expansión de la acuicultura en España ha llevado a que se multiplique el número de buques dedicados a dicha actividad. Y si bien es cierto que muchos profesionales acuícolas "no llegan hoy a embarcarse nunca en un buque pesquero, porque su actividad se limita al ámbito de los cultivos marinos", también lo es que "siguen siendo los titulados náutico-pesqueros los encargados de que nuestra flota acuícola y, en general, de toda la inscrita en la cuarta lista del Registro de Matrícula de Buques". Frente a esto, "el obligatorio requisito de aportar días de embarque en un buque de pesca para la obtención de un título profesional resulta, en muchos casos, inasumible para los profesionales de la cría de recursos vivos marinos".

Es por ello que el Gobierno considera apropiado "permitir el mando de dichos buques, siempre que sean de eslora inferior a 24 metros y se desplacen por aguas próximas a la costa, a los poseedores del título de patrón costero polivalente", ya que de este modo se da acceso a los acuicultores "al mando de sus propios buques, sin tener que depender para ello del grado de experiencia específicamente pesquera que hayan adquirido".

Respecto a la consecución del título, es de resaltar que "la antigua titulación de mecánico de litoral sirvió durante décadas para ejercer como jefe de máquinas en la flota de potencia inferior a los 180 kilowatios". Pero el incremento de potencia, así como la experiencia adquirida por tales titulados, "aconseja que, cuando dichos profesionales acrediten un determinado número de años de experiencia en la máquina de los buques y se hallen en posesión del título de patrón de segunda clase de pesca litoral, puedan canjear sus títulos por el de patrón costero polivalente".