Los vecinos de O Grove con propiedades en los núcleos consolidados afectados por la Ley de Costas quieren que sus viviendas queden protegidas en el Plan Xeral de Ordenación Municipal (PXOM), que podría aprobarse la próxima primavera.

Para ello, es preciso que en el ansiado documento urbanístico se incorporen resoluciones como la dictada por el Tribunal Superior de Xusticia de Galicia (TSXG), que a través de una sentencia dictada en octubre de 2016 y conocida en enero de 2017, daba la razón a las demandas del Concello para que se tuvieran en cuenta las singularidades de su costa y, con ello, evitar el derribo de no pocas viviendas.

Así lo transmitió en el pleno celebrado el lunes el grupo municipal de Esquerda Unida (EU), que canaliza la preocupación ciudadana por este aspecto al resaltar que, a pesar de la victoria judicial frente a Costas, las viviendas de los núcleos costeros situadas dentro de la franja de cien metros de dominio público marítimo terrestre "siguen fuera de ordenación o afectadas por órdenes de demolición".

Básicamente, lo que pretende la formación esquerdista es que no quede ningún cabo suelto o fleco pendiente ahora que, con la aprobación del PXOM, la localidad verá cumplida una vieja reivindicación social, política y empresarial que aspira a poner fin a años de incertidumbre urbanística.

Los principales núcleos costeros

Una inseguridad que, insiste el grupo que dirige José Antonio Otero, no acabarán de sacudirse los residentes en núcleos costeros como Rons, Moreiras, Reboredo, Virxe das Mareas y Agriños-Gandariña si la citada sentencia del TSXG no se plasma en el PXOM.

Puede recordarse que ese fallo judicial, que protege también a los lugares de A Igrexa-Praia de A Barcala, Carreiro, Sobre do Pozo, Insuiña y Espiño-Bizocas, entre otros, fue ratificado y elevado a firme en abril de 2017 por el Tribunal Supremo, al confirmar que la Xunta no había presentado recurso contra la decisión el TSXG.

"La sentencia significa que todas las viviendas existentes entre los veinte y los cien metros quedan reconocidas y salvaguardadas, incluidas las que tienen orden de demolición, y aunque esto no quiere decir que vayamos a crear núcleos de desarrollo en esas zonas, sí queda muy claro que las edificaciones amenazadas ya no corren peligro", proclamaba entonces el alcalde, José Cacabelos.

Lo que quiere ahora Esquerda Unida es que todo eso quede plasmado en el papel, es decir, que el PXOM contemple la decisión del TSXG al aceptar el recurso presentado en su día por el Concello de O Grove.

La Administración local, procede recordar, se posicionó en contra de los informes de fecha 25 de junio de 2015 de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, defendiendo la no procedencia de aplicar la Disposición transitoria primera de la Ley 2/2013 a los núcleos de población mecos antes aludidos.

El alto tribunal daba por buena la alegación que decía que "en 1988 el Ayuntamiento de O Grove no tenía un planeamiento urbanístico que pudiese contener una delimitación de núcleos de suelo no urbano, pues solo contaba con una Delimitación de Suelo Urbano aprobada en 1976, y hasta el año 1996 no se aprobaron unas Normas Subsidiarias Municipales".

Por tanto, "no es conforme a derecho" la decisión del Estado central "de considerar no aplicable la Disposición transitoria primera de la Ley 2/2013 por no estar delimitados los núcleos propuestos en algún instrumento de ordenación urbanística", alegaba la Administración local. Dicho de forma más coloquial, que defendía la singularidad de su fachada litoral para evitar el derribo de viviendas.

La propuesta de revisión de lindes, en 2012

Así se había defendido ya desde marzo de 2012, cuando gobernaba el tripartito capitaneado por el conservador Miguel Pérez y el pleno de la Corporación, a propuesta de su socio galleguista, Alfredo Bea García, iniciaba el proceso para reivindicar una revisión de los lindes de Costas del Estado.

Se argumentaba entonces que el derecho de propiedad de un vecino o empresario sobre sus bienes e inmuebles, aunque proceda de tiempos inmemoriales, se vería afectado al aplicar la Ley de Costas, que en 1988 cambiaba ese régimen de propiedad por el de concesión y que no tiene en cuenta los asentamientos consolidados con anterioridad.

Dicho de otro modo, que barrios como Virxe das Mareas, Agriños, Rons o Terra de Porto, ya disponían de inmuebles construidos y consolidados antes de que se vieran afectados en 1988 por la aplicación de la Ley de Costas.

Fruto de aquella moción aprobada en pleno, donde Alfredo Bea puso como ejemplo que el Tribunal Supremo había creado jurisprudencia al anular el deslinde de Costas en el lugar de Redes (Concello de Ares), el Concello de O Grove elaboró un informe jurídico en defensa del cambio de lindes del dominio público marítimo terrestre".

El argumento fundamental era que "transformar sin más el derecho de la propiedad adquirido de manera legítima antes de 1988 en un simple derecho de concesión, sin otra compensación que el valor que arbitrariamente se confiere a la propia concesión, constituye una injusticia y un auténtico ataque al derecho de la propiedad y al tráfico jurídico". Aquellas reflexiones del entonces alcalde, Miguel Pérez, eran arropadas por el líder de la oposición y actual regidor, el socialista José Cacabelos.

2015, la primera línea de deslinde

Fue en verano de 2015 cuando el Ministerio de Medio Ambiente publicó por primera vez la línea de deslinde para los más de 10.000 kilómetros de litoral español.

Aquello mostraba que varios miles de viviendas permanecen dentro de la llamada zona de servidumbre de protección, un área de cien metros de ancho desde la línea de mar donde las construcciones se encuentran en situación de alegalidad y al margen de la normativa municipal general.

Esto supone que están sujetas a un régimen urbanístico que es competencia de Costas del Estado, sometidas a la imposibilidad de cambiar los usos, el volumen o la altura.

Pero esas viviendas, donde ni siquiera es posible hacer reformas, podían ser regularizadas acreditando ante el Ministerio de Ambiente que los núcleos que ocupan en la zona de servidumbre ya existían antes de 1988, reclamando la reducción de la zona de servidumbre desde los cien a solo veinte metros, que es la distancia que se aplica en el suelo urbano reconocido.

Lo que sucede es que el Gobierno rechazó la mayoría de las peticiones, incluidas las de localidades como Vilanova, A Illa, Poio, Vilaboa, Fene y O Grove, dejando centenares de casas en un limbo de alegalidad. De ahí la importancia de la sentencia dictada por el TSXG en octubre de 2016 que daba la razón al Concello de O Grove y salvaguardaba sus núcleos costeros consolidados.