Las declaraciones del alcalde sobre la posibilidad de que el Concello solicite indemnización por los años que Placomsa dejó de explotar las instalaciones del Balneario, resultan como mínimo insólitas para los socios de la empresa concesionaria. "Es evidente que quien realiza esa declaración ha perdido la memoria o tiene una falta de información que resulta preocupante", indican.

Sus manifestaciones se basan en que el 5 de noviembre de 2004, sin que hubiera sentencia declarando la caducidad de la concesión (a día de hoy sigue sin haberla), siendo alcalde el socialista Javier Gago López, el Concello de Vilagarcía tomó posesión de las instalaciones del Balneario y procedió al cambio de cerraduras.

Este trámite se llevó a cabo con presencia del regidor municipal, la jefa, cabo y miembros de la Policía Local, encargado de Obras y Jardines y la secretaria del Concello.

Cuando se realizó la toma de posesión se llevó a cabo un inventario de las instalaciones con abundante prueba documental que reflejaban el estado del Balneario. Desde entonces, la responsabilidad de las instalaciones fue exclusivamente municipal.

Transcurrieron ya casi diez años desde la toma de posesión del edificio por parte del Concello y en esta década el edificio pasó por diversas situaciones de abandono, incluso fue ocupado por indigentes, saqueado y desmantelado, sin que se ejerciera la mínima vigilancia para impedirlo.

Los socios de Placomsa entienden que, para dar cobertura a una pésima gestión, seis años después de la ocupación del inmueble el Concello proyectó la rehabilitación de las instalaciones acudiendo al Fondo Estatal para el Empleo y la Sostenibilidad Local, conocido como Plan E. A pesar de ello el edificio continúa en estado de abandono.

Por todo ello puntualizan que no son culpables de la actual situación las instalaciones del Balneario.

Las declaraciones del alcalde de Vilagarcía, Tomás Fole, sobre su intención de devolver el Balneario de la Playa de Compostela a uso hostelero y hotelero, han sorprendido a los socios de la empresa concesionaria, Placomsa, ya que para que se declare la inejecución de la sentencia, el Concello expuso que había acordado destinarlo a Centro de Formación y Empleo, y para ello había hecho una importante inversión con cargo al segundo Plan E. Advierten que, de cambiar ahora el uso, el gobierno local podría incurrir en un fraude procesal, además de un delito tipificado en el artículo 306 del Código Penal.

No es la única incongruencia advertida por la representación legal de los socios de Placomsa. Una vez conocido el fallo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia que estima la inejecución de la sentencia para devolver el edificio del Balneario a la concesionaria por imposibilidad material, fue el procurador del Concello de Vilagarcía de Arousa el que presentó un escrito al Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Pontevedra, dando conocimiento de la sentencia del Tribunal Superior.

En este escrito se indica que la sentencia "confirma la decisión del Juzgado de declarar la inejecución de la sentencia por imposibilidad material y acordar la tramitación del correspondiente incidente para determinar la indemnización procedente por la inejecución".

No entienden por qué ahora el alcalde dice que espera que la empresa renuncie a solicitar el incidente de indemnización, cuando su propio representante legal ha sido el que ha solicitado este proceso con su escrito del 5 de mayo de este año.

Este documento fue trasladado a las partes en el conflicto para que en el plazo de diez días se manifiesten e insten lo que a su derecho convenga. Durante este período el Concello dio a conocer su postura sobre la sentencia.

El alcalde, Tomás Fole Díaz, dijo entonces que el gobierno municipal apuesta por devolver el Balneario a la actividad empresarial relacionada con el turismo. Su objetivo es sacar un nuevo concurso público para la explotación de las instalaciones como uso hostelero y hotelero.

"Resulta evidente que las manifestaciones del alcalde reflejan la clara intención de destinar las instalaciones del antiguo Balneario, que fue reconstruido para centro de formación y empleo, de nuevo a la actividad de Balneario, hotel y/o restaurante, incidiendo, además en el hecho de que la explotación se hará a través de una nueva concesión administrativa. Es evidente que el alcalde prescinde del uso que fue acordado el 3 de diciembre de 2010 y para la que se destinaron fondos públicos con esa estricta finalidad", indica la alegación de los socios de Placomsa.

Añade que, con las manifestaciones del regidor municipal "la imposibilidad material de ejecutar la sentencia quedaría al arbitrio de la propia Administración, porque se pretende justificar ahora que la inejecutoriedad de la sentencia le permite destinar las instalaciones del Centro de Formación y Empleo, a Balneario con uso hotelero y hostelero, estaría desapareciendo el presupuesto de hecho con el que se basó la pretensión del Concello y las resoluciones judiciales para decretar la imposibilidad material de ejecutar la sentencia en base, precisamente, a un cambio de destino del edificio y con cargo a unos fondos públicos obtenidos con esta estricta finalidad, lo que podría constituir, con independencia de un fraude procesal, un delito previsto y tipificado en el artículo 306 del Código Penal", indica la alegación.

Este artículo del Código Penal indica que "el que por acción u omisión defraude a los presupuestos generales de la Unión Europea u otros administrados por ésta, en cuantía superior a 50.000 euros, eludiendo el pago de cantidades que se deben ingresar, o dando a los fondos obtenidos una aplicación distinta de aquella a que estuvieren destinados, será castigado con la pena de prisión de uno a cinco años, y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía".

Las alegaciones de miembros de la empresa Placomsa también hacen referencia a las declaraciones del alcalde indicando que sus asesores jurídicos estudiará la posibilidad de solicitar compensación por los daños y perjuicios derivados causados al Concello durante el tiempo que la empresa no explotó la concesión.

Por todo esto solicitan al Juzgado que se requiera a la Administración con el fin de que, a través del órgano correspondiente, manifieste si mantiene los argumentos de la inejecución de sentencia en cuanto a la finalidad del que fue Balneario de la playa Compostela va a ser destinado a centro de ocupación y empleo, tal como se proyectó en su última reforma.