Francisco Javier Oubiña Piñeiro -hermano de Laureano-, su mujer Mercedes P.P y un tercer acusado, el ribeirense Ezequiel V.P. han sido condenados por el Juzgado número 2 de Pontevedra a dos años de prisión por las coacciones que sufrió la exsocia del matrimonio en 2009 a la que exigieron a través de pasquines y megafonía pública el pago de parte de la deuda de la empresa que regentaban, dedicada a la distribución de productos de la pesca.

La sentencia entiende que los hechos se originan a consecuencia de las "diferencias comerciales surgidas entre las dos administradoras de la sociedad Cercomar Congelados", Mercedes P.P. y Lourdes M, que llevaron a la disolución de la empresa por parte de la segunda, debido a las importantes pérdidas que sufría.

Pero además de la falta de ganancias, la firma mantenía vigente un préstamo hipotecario de más de 600.000 euros, avalado con bienes de la firma Obexcar, perteneciente al matrimonio Oubiña, aunque a nombre de su cónyuge.

De ahí, se explica en la resolución, que Mercedes P.P y su esposo Javier Oubiña, junto a José Ezequiel V.P. "se pusieran de acuerdo para doblegar la voluntad de Lourdes M. y su esposo, Manuel B. en cuanto a las diferencias que mantenían sobre relaciones comerciales".

Así, agrega la sentencia, "tras localizar Ezequiel a Lourdes concertó una cita con ellos, a la que asistió Javier Oubiña, haciéndose pasar aquel por comprador de un vehículo". "Una vez en la cafetería quedaron para una reunión el 20 de marzo" a la que acudieron los dos matrimonios y Ezequiel "que se hacía llamar Luis y al que se presentó como detective".

En esta segunda reunión, Javier Oubiña "se dirigió a aquellos diciendo que se iba a enterar todo Combarro, que tenía carteles y sus fotos, que tenía pinchados los teléfonos, que no tenía nada en la vida y que sabía el colegio al que iban sus hijos..."

Con posterioridad, explica la sentencia, los tres acusados efectuaron llamadas a una bodega de la hermana del marido de Lourdes M. para preguntar por la localización de estos. En ellas les advertían de que les "iban a comenzar a poner un cobrador o un torero de morosos y que le pusieran cianuro en la comida".

La situación se prolongó varios días, si bien el 9 de mayo "colocaron carteles por Combarro con una foto de Manuel B. y Lourdes M. con el texto: Se busca a estos puferos".

Este tipo de pasquines aparecieron en otras poblaciones como Cambados y en las inmediaciones del colegio de Pontevedra en el que estudiaban los hijos de Manuel y Lourdes.

También había carteles en las cercanías de los puertos en los que desarrolla la actividad la madre de Lourdes, Carmen C., quien también fue advertida.

De hecho, la madre de Lourdes, propietaria de una conocida marca de distribución de pescado en Poio, fue quien se puso en contacto con Javier Oubiña el 14 de mayo y acordaron que tras la retirada de todas las denuncias "recibiría 150.000 euros al día siguiente y 309.000 en junio". Tras este primer avance, "Sofía y Manuel firmaron un contrato de extinción de compromiso, renuncia al cargo de administradora, extinción de responsabilidad, que recogía como contraprestación la obligación de abonar a Cercomar la cantidad total de 459.000 euros".

Los primeros 150.000 euros fueron entregados y transferidos a Obexcar, pero la segunda entrega no fue efectiva "al negarse Javier Oubiña a acudir al notario" para que quedara constancia oficial de la disolución.

A partir de ahí vuelven las controversias y el 18 de julio de ese año, "José Ezequiel paseó una furgoneta con remolque por el muelle de Combarro, llevando una foto de 1,5 metros de alto y dos de ancho de Sofía y Manuel, con el lema Ojo con estos puferos". "También dejaron coronas de flores delante de la vivienda de Lourdes", añade la sentencia.

Al día siguiente, Mercedes P, en compañía de otras dos personas, "haciendo uso de megáfonos delante del domicilio de Lourdes decían: Pagad, que nuestros hijos tienen que comer".

Por todos estos motivos, el Juzgado pontevedrés condena a los tres acusados a penas de 2 años por un delito de coacciones, al tiempo que les prohíbe comunicarse con la familia de Lourdes M. y Carmen C. al tiempo que dicta alejamiento de 150 metros durante tres años.

Pero les absuelve de un delito continuado de coacciones, de injurias graves con publicidad y de extorsión, como solicitaban los letrados de la acusación particular. Cabe recordar que estas partes llegaron a solicitar más de siete años de prisión para cada uno.