El Tribunal Supremo ha obligado al actor Javier Bardem a hacer efectivas las sanciones impuestas por un total de 150.491 euros por defraudar a Hacienda en relación a la liquidación del IRPF en los ejercicios de 2006 y 2007 por los servicios prestados a su sociedad Pinguin Films, SL. Las sanciones se impusieron una vez que Hacienda consideró que Bardem era obligado tributario por la remuneración que recibió de la sociedad Pinguin Films, SL -de la que era administrador y socio único- por los servicios prestados como actor. La Agencia Tributaria afirmó que los servicios prestados por el actor eran "realmente insignificantes", ya que, aunque la empresa y la persona que los prestaba eran la misma y su contenido "idéntico", no fueron distintos a los facturados a otros clientes. Según dice Hacienda, los trabajos realizados por el artista a sus clientes a través de Pinguin Film ascendieron a 851.327,28 euros en 2006 y a 526.199,35 euros en 2007. Sin embargo, se percató de que "sorprendentemente" el trabajo realizado por el actor para su sociedad -el mismo que facturaba a sus clientes, especifica la resolución- se valoró en 188.566 euros en 2006 y en 63.000 euros en 2007. Bardem presentó ante el Tribunal Supremo recursos contra sendos acuerdos sancionadores al considerar que no se puede imponer una sanción al contribuyente por una diferencia de criterio en el valor de mercado de la operación vinculada entre Pinguin Films y él mismo. El actor alegó que los tribunales de justicia e, incluso, la propia Administración Tributaria han adoptado decisiones distintas respecto a la adecuación a derecho de la imposición de sanciones como consecuencia de dichas regularizaciones, e incluso sobre el ajuste a derecho de las propias regularizaciones.

Así recordó sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Superior de Justicia de Murcia en las que se desprenden, según él, un criterio distinto al Tribunal Superior de Justicia de Madrid.