El Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por no proteger el derecho al respeto a la vida privada y familiar de la cantante mexicana Paulina Rubio por los comentarios sobre su supuesta homosexualidad y su relación con Ricardo Bofill.

En 2005, el antiguo mánager de la cantante, F.B., así como colaboradores de los programas de televisión "Dónde estás corazón" (22 de abril), "Aquí hay tomate" (26 de abril) y "Crónicas marcianas" (4 de mayo) hicieron los comentarios objeto de la sentencia.

En ellos se dio cuenta de "rumores" sobre la homosexualidad de Rubio, pero también de que incitaba a que su pareja consumiera drogas, de la "relación tormentosa" con Bofill, que incluía "malos tratos" y "humillaciones", o de su "convivencia con una lesbiana muy conocida". El caso acabó ante la justicia española. Una sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 1 de Madrid no dio la razón a la artista, al fallar que sus gustos sexuales "no pertenecían a la esfera de su vida privada desde mucho antes de la difusión de los tres programas". En ese fallo se señalaba que las alusiones sobre la vida sexual "no constituyen un atentado al honor de la interesada, ya que la sexualidad de una persona no debe ser vista hoy como deshonrosa".

La corte europea señaló que "tiene demasiadas dificultades para seguir el razonamiento del juez de primera instancia en cuanto a la existencia de los rumores mencionados". Le recordó al magistrado que el hecho de que la cantante se aproveche del foco de la prensa "no implica dar carta blanca a las cadenas de televisión" y hacer desaparecer "toda protección a la interesada contra los comentarios incontrolados sobre su vida privada".