La Sección Primera de lo Penal de la Audiencia Nacional absolvió al músico César Augusto Montaña Lehmann, conocido como César Strawberry y cantante del grupo de rap metal Def con Dos, que actúa en las Festas do Cristo de Cangas el 29 de agosto, del delito de enaltecimiento y humillación a las víctimas por el que la Fiscalía pidió por él un año y 8 meses de cárcel tras el juicio celebrado ayer. Se le juzgó por haber difundido en la red social seis comentarios en los que decía "añorar a los GRAPO" o defender el secuestro de Ortega Lara.

El tribunal consideró que las manifestaciones vertidas en Twitter por el cantante no encajan en lo que constituye una apología del terrorismo ni provocan el discurso del odio, en oposición a los argumentos expresados por el fiscal Carlos Bautista durante la vista oral.

En la sentencia los magistrados Fernando Grande-Marlaska y Manuela Fernández de Prado, que fue la ponente de la resolución, consideraron que el cantante ahora absuelto utiliza en sus trabajos artísticos un "marcado tono provocador, irónico y sarcástico" ya que emplea recursos propios de las historias de terror y acción para envolver el mensaje de fondo".

Añade la Audiencia Nacional en su resolución que en sus "manifestaciones artísticas " Strawberry mantiene "un tono crítico con la realidad social y política, tratando que el público comprenda el sentido metafórico y ficticio que envuelven sus obras, respecto al concepto de fondo siempre de carácter pacífico y exclusivanente cultural". Por ello concluyeron que los hechos no encajaban en el Código Penal.

Por su parte, el magistrado Nicolás Poveda firmó un voto particular al entender que el acusado debía haber sido condenado por delito de enalteciniento por encontrar discurso de odio en la actuación del cantante.

No defiende la violencia

La sentencia hecha pública ayer no aplica al caso del líder de Def con Dos la argumentación fijada sobre este tipo de mensajes por el Tribunal Supremo, que establece que el "discurso del odio" en Twitter no está amparado por la libertad de expresión. Se trataba de la primera vez en la que el Tribunal Supremo se pronunciaba sobre este asunto al condenar a María Lluch Sancho por humillar a víctimas de ETA como Irene Villa y Miguel Ángel Blanco, haciendo uso de su cuenta de Twitter "Madame Guillotine" (@melodalger).

El tribunal dijo que las explicaciones y contextualizaciones que el acusado fue dando durante el juicio "se ven corroboradas por el dato de que en sus manifestaciones artísticas no existe una defensa de la violencia si no es precisamente para, desde el sarcasmo y la ironía, provocar el efecto contrario". Por ello concluyó que los hechos no son constitutivos de delito y absuelvió al cantante.