El torero José Ortega Cano, juzgado por un accidente de tráfico mortal, circulaba a 125 kilómetros por hora en una carretera limitada a 90 e invadió durante 60 metros y "de manera plena" el carril contrario antes del choque, según los peritos.

Cuatro agentes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes (ERAT) de la Guardia Civil han ratificado a la juez que el vehículo contrario circulaba a 50 kilómetros por hora, en unos cálculos corroborados por varios programas de reconstrucción de siniestros.

Según los peritos en reconstrucción, el diestro invadió el carril contrario 60 metros antes de producirse el siniestro mortal, y que en ese tramo tanto el fallecido como el acusado "tuvieron capacidad visual para verse y reaccionar", no obstante, el vehículo de Ortega Cano "mantuvo la ocupación del carril contrario". Según los agentes este hecho pudo estar asociado a la ingesta de alcohol previa del torero, pues hay que recordar que dio una tasa de 1,26 gramos de alcohol por litro en sangre.

La quinta jornada del juicio ha comenzado con el rechazo, por parte de la juez, de la declaración como testigos del enfermero que sacó sangre al torero en el hospital y el celador que la trasladó al banco de sangre, como ha pedido hoy mismo la Fiscalía.

El fiscal basó su petición en que, tras la declaración el viernes del jefe de Hematología del hospital Virgen Macarena, había quedado en "una nebulosa" la custodia de las muestras que luego se usaron para la prueba de alcoholemia que arrojo un valor triple de lo autorizado.

La juez ha argumentado que la declaración del jefe clínico no supuso una "retractación ni revelación inesperada", como prevé la ley para introducir testigos en esta fase del juicio.

El fiscal mantiene los cuatro años de cárcel para Ortega Cano

La Fiscalía ha mantenido su petición de cuatro años de cárcel para el torero José Ortega Cano por el accidente de tráfico en el que murió el conductor de otro vehículo el 28 de mayo de 2011.

La acusación particular que ejerce la familia del fallecido ha mantenido también su calificación igual que el fiscal, en la que imputan a Ortega Cano dos delitos contra la seguridad vial y otro de homicidio imprudente.

La defensa del torero ha elevado a definitiva su petición de absolución por entender que la alcoholemia de 1,26 gramos por litro de sangre que arrojó el torero es inválida pues se rompió la cadena de custodia de las muestras en el hospital Virgen Macarena de Sevilla.

Para ello, ha impugnado las providencias del juez de instrucción que ordenó hacer una prueba de alcoholemia a Ortega Cano, cuando estaba ingresado en el hospital, y los consiguientes resultados del Instituto Nacional de Toxicología.