La Fiscalía pedía un año de prisión, pero la sentencia ha sido exculpatoria. La titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo ha absuelto a la viguesa que estaba acusada de un delito de descubrimiento de secretos por apoderarse y abrir dos cartas dirigidas a su exmarido, misivas que la mujer aportó después al proceso de separación abierto en el juzgado. "A la vista de la prueba practicada no cabe tener por acreditado el ánimo tendencial de invadir la esfera de privacidad e intimidad del esposo", concluye.

Ocurrió en 2016. Las cartas llegaron al domicilio en el que vivía la mujer, donde también estaba empadronado su exmarido "a efectos únicamente de recibir allí su correspondencia". La juez ve probado que ella "hizo suyas sin autorización ni conocimiento" dos cartas "personalmente dirigidas" al hombre. Una contenía un recibo de teléfono. La otra era del banco: la domiciliación del seguro de la casa. La cuenta bancaria donde se hacía el cargo de esa línea de teléfono y de ese seguro "era titularidad de los dos esposos".

La juez concluye que no se cumplen las exigencias del delito. La mujer, señala, no actuó con el ánimo de "descubrir los secretos" o "vulnerar la intimidad" de su ex, motivo por el que la absuelve, como pedía el abogado defensor, Enrique José Hidalgo. La acusación particular, ejercida por el exmarido, ya se había retirado del proceso antes del juicio.

El "verdadero" fin de la mujer , dice el fallo, "era conocer una situación económica familiar" que le afectaba "directamente" ya que el abono del seguro y del teléfono se hacía en la cuenta común de los excónyuges. Sobre la aportación de las misivas al pleito de separación, no supone "ánimo de difusión pública".