Un doble golpe: la pérdida de un ser querido en un accidente y un revés judicial que les pone en una difícil situación económica. Una familia se enfrenta al pago de más de 35.000 euros en concepto de costas tras perder el litigio que emprendieron a raíz del atropello mortal de María Elena Arca Lago, de 22 años, en la N-120 en la parroquia de Xinzo, en Ponteareas, un siniestro que reavivó las quejas vecinales por falta de seguridad en ese tramo de la carretera. Esa cuantía es la que demanda una aseguradora a los padres, los dos hermanos y la actual pareja del progenitor de la joven fallecida después de que la Justicia diese la razón a la compañía al dictaminar que no existió "responsabilidad alguna" de la conductora del vehículo que alcanzó a la chica, y por tanto tampoco de su seguro, sino que la culpa fue de la víctima. Las dos resoluciones dictadas, en primera y segunda instancia, deniegan la indemnización que instaban los familiares y les impone las costas de la parte contraria, lo que incluye las minutas de abogado y procurador -y en ocasiones otros conceptos como periciales-.

"Estamos destrozados", resume José Antonio Arca, padre de la fallecida. "¿Cómo me iba a imaginar que iban a hacer a mi hija culpable? Es una injusticia", añade. Ahora, además, se topan con una deuda que, asegura, se ven incapaces de afrontar. "Estoy en paro, tenemos una hipoteca...", afirma. Uno de sus hijos tiene una discapacidad. Tras perder el pleito, la aseguradora del vehículo que arrolló a la chica les ha hecho llegar, por vía de su abogada, lo que les reclaman: 35.476,65 euros. Un documento que también deberá ser remitido al juzgado para revisar, como es preceptivo, que la cuantía solicitada se ajusta a los baremos existentes.

¿Cómo se llegó a esta situación?

Elena Arca, que residía en Vigo pero que había ido a Ponteareas donde vive su padre, fue atropellada mortalmente en la N-120, en la parroquia de Xinzo, en el kilómetro 648,600. Fue el 17 de febrero de 2016. Era de noche y la visibilidad era casi nula. Con ella iba su hermana, que resultó ilesa. Los vecinos y el gobierno local ven ese tramo sin pasos de peatones como punto conflictivo de siniestralidad y, junto a numerosas reclamaciones al Ministerio de Fomento, hubo manifestaciones para exigir medidas.

La causa penal del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 3 de Ponteareas contra la conductora del vehículo se archivó, al no haber materia delictiva. Pero el mismo tribunal dictó un auto de cuantía máxima, para ejecutar en la vía civil, en el que se establecía la cantidad máxima que la familia podía pedir de indemnización: 212.746 euros de principal, 8.806 de intereses devengados y 66.465 provisionalmente presupuestados para costas e intereses de la ejecución.

Demanda civil

Y los familiares presentaron demanda civil, ante ese juzgado, para que se ejecutase el auto. Pero Reale Seguros Generales -a la que correspondería abonar esas indemnizaciones- se opuso: expuso "culpa exclusiva de la peatona atropellada". Y la Justicia le dio la razón. El juez, en base al atestado de la Guardia Civil y a testigos, concluyó que "no existía responsabilidad alguna" ni de la conductora ni de su su seguro. La fallecida y su hermana, dice el auto, "de noche y sin prendas reflectantes cruzaban por un lugar donde no existía paso de cebra y donde los vehículos podrían ir a 90 km/h". La resolución añade que había un banco de niebla e insuficiente iluminación. La víctima, concluyó el juez, irrumpió "repentinamente" en la trayectoria del vehículo, que no pudo "evitar" el golpe.

Los familiares presentaron recurso, que recayó en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Pontevedra. Entre otros argumentos -como que a lo largo de más de cuatro kilómetros de esa vía no hay pasos de peatones- se presentó un fallo de la Sección Tercera de ese órgano provincial, que, ante otro atropello mortal en la misma N-120 en 2009, a apenas tres kilómetros de distancia y en similares circunstancias, establecía concurrencia de culpas entre conductor y víctima, otorgando indemnización de 41.717 euros a los demandantes: se estimaba que el automovilista no había extremado la precaución ante la precaria visibilidad existente.

Pero en el caso de Elena Arca la Audiencia ha ratificado el auto del juez de Ponteareas.