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Sentenciado por delito contra la salud pública y organización criminal

El TSXG ratifica la expulsión de un dominicano condenado en Vigo por tráfico de drogas

El hombre sumó además otros 15 arrestos en un año, muchos por robo -"Estas conductas no admiten juicio benévolo; constituyen una amenaza para el orden público", afirma la sala

El TSXG ratifica la expulsión de un dominicano condenado en Vigo por tráfico de drogas

"Estas conductas no admiten juicio benévolo ni exculpatorio alguno, cualificadas por su continuidad y gravedad, y revelan un comportamiento antisocial y un desprecio a los cánones más elementales de la vida en sociedad en el territorio y comunidad de acogida junto a una voluntad de no enmendarse". Ésta es una de las consideraciones contenidas en una sentencia en la que el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ratifica la expulsión del territorio nacional de un dominicano condenado por la Audiencia de Vigo a 8 años y medio de cárcel por formar parte de una organización criminal dedicada al tráfico de drogas. Además, en un período de un año, acumuló otra quincena de detenciones, la mayoría de ellas por robos violentos.

El caso tiene su origen en una resolución de la Subdelegación del Gobierno en Pontevedra de julio de 2015 por la que se acordó la expulsión de este hombre, acuerdo que se adoptó en base a la condena que desde 2012 cumplía en el penal de A Lama por el caso de tráfico de drogas, constando además otros arrestos por robos y falsedad por los que se concluyó que su conducta "constituye una amenaza real, actual y suficientemente grave que perturba la normalidad del orden público de la comunidad [...]".

El reo acudió a la vía judicial para pedir el alzamiento de esta medica. El primer recurso fue resuelto por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra, que confirmó el acuerdo de expulsión. Y tras apelar al TSXG, la sala competente ha vuelto a ratificar la resolución en una sentencia con fecha de este pasado octubre.

¿Qué motivos esgrimía el condenado para solicitar la permanencia en España? El recurrente, frente a las razones de seguridad y orden público tenidas en cuenta para decretar su expulsión, argumentó que "existe una integración social y laboral". Así, alegó que tiene tarjeta de residencia en vigor con vigencia hasta 2023, la cual le fue concedida estando ya en prisión. También señalaba que está casado con una ciudadana española, que tiene dos hijas en España y que en la cárcel realiza actividades ocupacionales "que demuestran el abandono del mundo delictivo que le llevó a ingresar en prisión".

Frente a estos alegatos, el Tribunal Superior de Xustiza ve conforme a derecho la medida de expulsión. El motivo fundamental es la "amplia trayectoria delictiva del apelante". Junto a la condena por delito contra la salud pública y organización criminal, la sala destaca que le constan "15 detenciones a lo largo de 2012", de forma previa a su encarcelamiento: la mayoría por delitos de robo con violencia e intimidación, pero también por otros tipo de sustracciones, por falsedad y por asociación ilícita.

Una conducta que, dice la sentencia, constituye "una amenaza actual para el orden público", por mucho, se señala, que en la cárcel haya realizado actividades "y en la actualidad esté en segundo grado penitenciario". "El abandono del mundo delictivo no se demuestra en prisión, donde precisamente se está privado de libertad; se demuestra cuando se está conviviendo en sociedad, y esto es lo que no ha hecho el apelante", se indica. Los magistrados tampoco ven acreditado el arraigo laboral, económico, profesional o social alegado. Sobre sus hijas, dice que son de una relación extramatrimonial y que no probó que relación tiene con ellas o si contribuye económicamente a mantenerlas.

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