El brutal accidente ocurrido en septiembre de 2016 en Gondomar, que le costó la vida a un joven de 25 años, ya está más próximo a juicio. El Juzgado de Instrucción número 8 de Vigo, finalizada la investigación, ha dictado un auto en el que ordena continuar con las diligencias por los trámites del procedimiento abreviado: atribuye al conductor de ese vehículo, un Mercedes Clase A, la presunta autoría de un delito de conducción temeraria en relación con otro de homicidio por imprudencia y dos más de lesiones. Las pesquisas concluyen que el piloto, B.V.N., circulaba "a una velocidad aproximada de 200 kilómetros por hora" en un tramo limitado a 50, al tratarse de una travesía urbana, haciéndolo además "de forma brusca" y tras haber consumido "varias dosis de alcohol".

El siniestro ocurrió el 18 de septiembre de 2016. Era domingo y pasaban unos minutos de las siete de la mañana. En el coche pilotado por el imputado viajaban cuatro jóvenes más, todos ellos gondomareños y que regresaban de una noche de fiesta. En un momento dado, tras salirse de la vía a la altura del kilómetro 18 de la carretera PO-340 cerca de la gasolinera de Mañufe y chocar contra un muro, el vehículo avanzó 300 metros sin control y en zigzag, sufriendo más impactos hasta detenerse. El motor y otras piezas salieron despedidos del turismo.

El auto judicial concreta las consecuencias de aquel siniestro. Aunque este extremo no se precisa, el conductor resultó herido grave. Las peores consecuencias fueron para José Antonio Puentes Veiga, de 25 años, que viajaba en el asiento trasero central. Salió despedido, sufriendo "politraumatismos" que le causaron días después la muerte, cuando se encontraba hospitalizado. En la parte de atrás también iban un joven de 31 años que resultó herido y con secuelas, y otro de la misma edad que resultó ileso. De copiloto viajaba una chica de 29 años, novia del fallecido, que, más de un año después, aún está a tratamiento: tiene una nueva cita médica en enero y está pendiente de "posible intervención abdominal" y terapia psicoterapéutica. Pese a que dado su estado actual no se puede aún determinar el alcance de sus lesiones físicas y psíquicas, el magistrado considera que esto no impide avanzar con la causa.

El juez, en su resolución, concluye que en este caso concurren los requisitos del delito de conducción temeraria: pilotar con una "temeridad manifiesta" y causando "un concreto peligro" para la vida o integridad del resto de usuarios de la vía. Y ello en base a los testimonios de los "testigos/perjudicados" que viajaban en el vehículo y del informe elaborado por el Departamento de Investigación y Reconstrucción de Accidentes de Tráfico de la Guardia Civil. De todo ello, resume, "se desprende indiciariamente que el investigado, en el momento del siniestro, conducía a una velocidad aproximada de 200 km/h en una vía con una limitación a 50 km/h y tras haber consumido varias dosis de alcohol, concretándose el peligro en el fatal desenlace descrito en la provisoria relación de hechos".

Ahora el juzgado da traslado al Ministerio Fiscal y, en su caso, a las acusaciones particulares personadas para que soliciten la apertura de juicio y formulen escrito de acusación. El auto, con fecha de este miércoles, no es firme y contra el mismo cabe recurso de reforma o subsidiario de apelación.