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El ucraniano que mató a otro hombre con una plancha en Nigrán afronta 15 años de cárcel

La fiscal pide para él la pena más alta por el delito de homicidio al entender que la víctima no pudo defenderse por encontrarse ebrio -El acusado simuló actuar en defensa propia

"El acusado golpeó a su víctima con ánimo de causar su muerte y a sabiendas de que tanto por el instrumento utilizado como por la zona corporal afectada, la violencia del golpe y su trayectoria causaría su muerte". Así de contundente se ha mostrado la fiscal del caso que investiga la muerte de un vecino ucraniano de Nigrán a manos presuntamente de un compatriota en el piso que compartían.

La representante del Ministerio Público ha solicitado para este acusado la pena de 15 años de prisión por la presunta comisión de un delito de homicidio, ilícito en el que concurre además la agravante de abuso de superioridad al entender la Fiscalía que el fallecido presentaba "una situación compatible con una intoxicación plena etílica" que le impidió "repeler" el ataque.

Si bien el acusado declaró en sede judicial que actuó en defensa propia ya que la víctima le había amenazado con un cuchillo porque exigía dinero "para cervezas", lo cierto es que la fiscal considera en su escrito que fue todo simulado, llegando el acusado a colocar "en el suelo del salón un cuchillo que había cogido de la cocina con la intención de procurarse una justificación de su conducta".

Los hechos se remontan al pasado 12 de junio de 2016. Según se recoge del escrito de acusación, sobre las 12.0 horas, la víctima regresó la piso que compartía con varios compatriotas, entre ellos el supuesto agresor en el entorno de Playa América. El varón había regresado a su casa tras haber ingerido una "muy elevada" cantidad de alcohol durante la noche, presentando una situación compatible con "una intoxicación plena etílica".

Por causas que no han quedado acreditadas -siempre según la fiscal- el acusado, tras sentarse la víctima en el sofá del salón, lo "atacó" con una plancha de la ropa mientras la víctima "intentaba proteger" su cabeza con las manos y los brazos. La magnitud y violencia de los golpes fue tal que una sacudida en la zona lateral izquierda produjo un "contragolpe en la zona derecha". De igual modo, le dirigió "dos golpes más" en extremidades causándole varias lesiones.

Tal y como explica la fiscal a raíz de los pertinentes informes y periciales forenses, todas las lesiones fueron causadas en vida de la víctima, si bien las aplicadas supuestamente por el acusado en la zona craneal fueron mortales de necesidad. Entiende así la representante del Ministerio Fiscal que este ucraniano de profesión albañil ejecutó la"acción" aprovechándose de la "mermada y limitada capacidad de atención y reacción de la víctima" derivada de su intoxicación etílica.

Juicio con jurado popular

La instrucción judicial de este caso dista de un proceder habitual al seguirse por la Ley del Tribunal de Jurado. El auto de apertura de juicio oral decretado por el Juzgado de Instrucción 2 de Vigo podría estar cerca, al existir escritos de calificación por las partes personadas y tras haberse fijado ya la celebración de la audiencia preliminar. En él, se comenzará por la práctica de las diligencias propuestas por las partes. Estas podrán proponer en este momento nuevas diligencias para practicarse en el acto.

Tras esto, se oirá a las partes sobre la procedencia de la apertura del juicio oral. Las acusaciones pueden modificar los términos de su petición de apertura de juicio oral, sin que sea admisible la introducción de nuevos elementos que alteren el hecho justiciable o la persona acusada.

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