Contundente el veredicto emitido ayer por el jurado popular en el juicio del conocido como crimen de Chancelas. Los nueve ciudadanos que integraban el jurado declararon probado, por unanimidad, que las dos acusadas, Albertina Táboas y Rocío Gondar, mataron a golpes al octogenario que cuidaban, Secundino Prego Amil el 2 de febrero de 2014.

Señalan que, tras hacerle salir de casa con la excusa de tomar un café, lo atacaron en el camino de acceso a su casa, un lugar "oscuro y solitario" y allí le golpearon "repetidas veces" primero con una sartén, que se rompió; luego con el propio bastón del jubilado y finalmente con una piedra, causándole múltiples fracturas craneales.

También declaran probado por unanimidad que el ataque se produjo "de forma súbita", algo que, unido a los 84 años de edad de la víctima, provocó que Secundino "no tuviese posibilidad de defenderse" .Otro hecho que consideran probado por unanimidad es que fue Albertina quien planeó la muerte de Secundino "para hacerse con la herencia" que días antes había firmado el octogenario en su favor a cambio de que se convirtiera en su cuidadora. Lo hizo ante el temor de que el anciano pudiera revocar este testamento. Señalan a las contradicciones de Albertina ante la Guardia Civil, las llamadas de emergencias para simular un robo como tapadera para el crimen y la confesión de Rocío como algunas de las claves para fundamentar este veredicto.

Asimismo, los nueve jurados también concuerdan en que Rocío Gondar habría participado en el crimen movida por la promesa que le realizó Albertina de entregarle una determinada cantidad de dinero. Los jurados tan solo abren la posibilidad a una atenuante en el caso de Rocío al reconocer que esta acusada confesó los hechos ante la Guardia Civil, aunque si bien añaden que lo hizo cuando los investigadores ya disponían de indicios que la relacionaban con los hechos tanto a ella como a Albertina.

Por último, consideran no probado por siete votos a favor que Secundino recibió 18 golpes y que su muerte se produjo en medio de un gran sufrimiento dado que muchos los recibió cuando todavía se encontraba con vida.

Los jurados concluyen que no está probado que la acusada Rocío Gondar pudiera haber cometido los hechos movida por un sentimiento de "miedo insuperable" hacia la otra implicada y concluyen que el estado mental de ambas acusadas era normal.

Visto el veredicto del jurado, la Fiscalía reiteró que se le imponga a cada una de las dos acusadas la pena de 20 años de prisión por asesinato, una condena que la acusación particular eleva a 25 años para cada una de las implicadas.

Por su parte, las defensas de ambas acusadas solicitaron a la presidenta del tribunal, que ahora dictará sentencia, que se le imponga a las acusadas las penas mínimas por un delito de asesinato.

Aunque habrá que esperar a la sentencia, que es la que se recurre (no el veredicto), los abogados de las dos acusadas ya adelantan que presentarán ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia sendos recursos contra el fallo condenatorio que ahora emitirá la Audiencia.