Ni vulneración de derechos fundamentales, ni nulidad de escuchas telefónicas, ni violación de competencia territorial de la magistrada de Instrucción 3 de Vigo que realizó la investigación. El Tribunal Supremo ha desestimado todos y cada uno de los motivos esgrimidos en los recursos presentados por todos los condenados por el alijo de casi tres toneladas de cocaína interceptados en el pesquero grovense Ratonero el 21 de febrero de 2012. Pero si el Alto Tribunal ratifica las penas impuestas por la Sección Quinta de la Audiencia con sede en Vigo, que suman 103 años, añade una propina en cuanto a las multas, pues las duplica. En este sentido acepta el recurso del fiscal para corregir un "olvido" del tribunal vigués y dicta nueva sentencia: "Que debemos condenar a todos y cada uno de los condenados de instancia a una nueva pena de doscientos millones de euros".

Del fallo del Supremo se desprende que la instrucción realizada por la magistrada Marisol López fue correcta y recuerda que la juez viguesa se inhibió en su día en favor de los Juzgados Centrales de la Audiencia Nacional, que rechazó el caso y fue el propio Supremo quien dictaminó que la jurisdicción correspondía al juzgado vigués. También se considera adecuada la formación del tribunal con las tres magistradas de la Sección Quinta que juzgó al grupo de narcos y que cuestionaban los condenados.

Así, el cabecilla del grupo y patrón del Ratonero, José Luis Devesa, se queda con 12 años y medio de prisión. El enlace venezolano Anyer Eduardo H.C. -un camarero que no ha sabido explicar lo que hacía a bordo del pesquero con la droga-, con 13 años por ser reincidente, y el restos de la tripulación y los tres lancheros que debían recoger el alijo y vararon la planeadora en Madeira con 10 años y 9 meses y 11 años y medio de cárcel.