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La trama robaba ganado en el monte con ayuda de perros

La red de cuatreros que utilizó mataderos de Pontevedra y Valencia será juzgada en Galicia

El caso vuelve al juez de Padrón que se inhibió en favor de la Audiencia Nacional -El Supremo considera que la venta de carne sin control en varias autonomías no implica un grupo organizado

Una de las inspecciones de la Guardia Civil durante la Operación Cuatre. // FdV

La red de cuatreros que se dedicaba a robar ganado suelto en el monte para después introducirlo en mataderos cárnicos de A Estrada y Valencia sin ningún tipo de control sanitario para su consumo humano y que fue desarticulada el pasado mes de febrero, será juzgada en Galicia. El caso ha vuelto al juez de Padrón que se había inhibido en favor de la Audiencia Nacional ya que hay imputados de distintos lugares de España y la trama vendía carne sin control en varias autonomías. La Audiencia Nacional consideró que no era competente en el caso y ahora el Supremo le da la razón y devuelve la instrucción a Padrón al entender, al igual que la Fiscalía, que no hay indicios suficientes de que se trate de un grupo organizado. De no aparecer nuevas pruebas, la causa se juzgará en Galicia.

La denominada Operación Cuatre llevó a la detención de al menos 9 personas, varias de ellas en Vigo y Boiro, así como en Valencia. Los agentes de la Guardia Civil del Seprona iniciaron la investigación ante las reiteradas denuncias de robos de ganado suelto en montes de las provincias de A Coruña, Ourense y Pontevedra. La banda investigada, que utilizaba perros para robar el ganado, tenía ramificaciones más allá de Galicia, lo que llegó al juez de Padrón a inhibirse para que la Audiencia Nacional asumiera la instrucción.

En su argumentación jurídica, el magistrado padronés exponía que había abierto unas diligencias previas por un delito contra la salud pública a un grupo de personas que sacrificaban animales para destinarlos al consumo humano sin la existencia de control sanitario y, a la vista de la pluralidad de personas, con una distribución de tareas concretas y con vocación de permanencia o estabilidad, y a que la actividad delictiva "produciría sus efectos" en lugares pertenecientes a distintas Audiencias.

El juez desgrana que entre las funciones que los implicados tienen repartidas se encuentra la captura de los animales en el monte o su compra a particulares, el transporte y sacrifico de animales y la posterior venta de la carne a terceros. Para ellos, expone en el auto de inhibición, contaban con elementos idóneos para cometer el delito, como un camión frigorífico transformado para transportar ganado y distintos mataderos.

Apunta de indicios de robo de ganado mostrenco sin autorización en las provincias de Pontevedra y Ourense, así como el traslado de unas cabras en un camión no habilitado para ello desde la localidad de Pascualcobo, en Ávila, donde fueron compradas a unos particulares, hasta un matadero de A Estrada para ser sacrificadas. El magistrado incide en que al mismo matadero de A Estrada fueron transportados también unos caballos para ser sacrificados y posteriormente destinados a una fábrica de Villarramiel en Palencia. También, según el juez, se sacrificaron animales en una edificación de Taragoña en Rianxo y en matadero de Picassent en Valencia. Todo ellos, según expuso el juez de Padrón en su inhibición, "dentro del mismo entramado delictivo, sin control sanitario y con el fin de destinar el producto obtenido al consumo humano (posiblemente para embutidos) o a la venta al fresco para mascotas".

El Supremo, no obstante, da la razón a la Audiencia Nacional y considera que "no hay base de lo actuado para determinar la existencia del grupo organizado". Considera que "aparecen dos personas que tras adquirir los animales proceden a su sacrificio sin control sanitario y administrativo para vender el subproducto auxiliándose de otras de las que no constan que formen parte de un grupo".

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