El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó ayer la demanda contra España de Marcial Dorado Baúlde, que se quejó de que el Tribunal Supremo no revisara la sentencia por la que la Audiencia Nacional española le condenó a 10 años de prisión por tráfico de drogas.

La Corte de Estrasburgo señaló en su decisión que la demanda "carece de fundamento" y que "no ve indicios para no compartir" la conclusión del Supremo, según la cual el alcance de la revisión "es conforme a las normas internacionales".

Dorado alegó en su demanda el artículo 2 del protocolo número 7 del convenio europeo de Derechos Humanos, sobre el derecho a un doble grado de jurisdicción en materia penal, así como los artículos relativos al derecho a un juicio justo y al respeto a la vida privada y familiar.

El demandante fue detenido por tráfico de estupefacientes en 2003, cuando trataba de introducir en España casi siete toneladas de cocaína en el barco South Sea, abordado por la Policía en aguas del Atlántico. La Audiencia Nacional le condenó en 2009 a diez años de prisión por pertenencia a una organización criminal dedicada al contrabando de cocaína en España. El Tribunal Supremo rechazó en 2011 su recurso de casación, y otro tanto ocurrió después con su recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

El mayor alijo de cocaína intervenido a organizaciones gallegas en lo que va de siglo, que permitió desarticular tres importantes grupos gallegos en 2003, llevó por primera vez al banquillo por narcotráfico al arousano Marcial Dorado Baúlde, un histórico ex contrabandista de tabaco al frente de un gran emporio empresarial e industrial. La sala impuso al isleño su primera condena por tráfico de drogas: 10 años de prisión y dos multas de 69.610.000 euros. Al dictarse la sentencia Dorado estaba en prisión por un delito de cohecho al intentar sobornar a a dos guardias civiles entre 1997 y 1998 a fin de que le facilitasen la introducción de tabaco ilegal en un puerto español.

Blanqueo

Dorado Baúlde recibió este mismo año otra condena de la Audiencia Nacional que le impuso 6 años de cárcel por blanqueo de capitales procedente del narcotráfico, realizado por una organización que él mismo dirigía, y una multa de 21,5 millones de euros. La Audiencia Nacional considera probado que lideró una organización dedicada a blanquear dinero obtenido con el narcotráfico a través de una compleja maraña de empresas que se transferían o prestaban dinero entre sí y que hacían posteriormente aflorar las divisas mediante la compra de inmuebles o la creación de negocios legales.

En la sentencia, en la que también fue condenada una hija del isleño y su actual compañera sentimental, se establece asimismo el comiso y cesión al Estado de unas 200 propiedades y bienes de Dorado o de los demás condenados, así como de unos dos millones de euros que estaban depositados en las casi 20 cuentas que los procesados tenían en bancos de España, Portugal, Suiza y las Bahamas.