Un vecino de Porriño admitió ayer ante la Audiencia de Pontevedra haber agredido sexualmente y de forma reiterada de su hijastra, una joven menor de edad y discapacitada, a la que contagió una enfermedad de transmisión sexual. La confesión del agresor permitió un reducción sensible de su condena. El acusado Álvaro G.P. aceptó una pena de cuatro años de prisión, así como el pago de una indemnización de 15.000 euros a la víctima.

El acuerdo de conformidad alcanzado ayer entre la defensa y la Fiscalía, evitó la celebración del juicio en la Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra. El fiscal rebajó la solicitud de condena inicial, de 17 años de cárcel, al aplicar al acusado la atenuante de alteración psíquica a tenor de los informes médicos aportados y de nuevas pruebas forenses.

Dicapacidad intelectual

El agresor sexual confeso es analfabeto y sufre un retraso mental que afecta a su capacidad para discernir, según expuso el Ministerio Público al modificar la calificación de los hechos. La Fiscalía asumió los informes médicos que indican que el agresor sexual sufre una discapacidad intelectual del 66 por ciento y, de hecho, el individuo demostró su dificultad para comprender las preguntas que ayer le hizo la presidenta de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, para poder dictar la sentencia.

El hombre, vecino de la comarca de Louriña, admitió ante el tribunal haber mantenido relaciones sexuales con la hija menor de su pareja, también declarada judicialmente incapaz. Como consecuencia de estos abusos sexuales continuados, el procesado también contagió a la víctima una enfermedad de transmisión sexual.

El juicio, que se abrió en la Audiencia de Pontevedra el pasado mes de abril, tuvo que ser suspendido entonces al presentar la defensa del imputado una serie de informes médicos, que probarían que el acusado "debería ser declarado incapaz por cualquier tribunal". Se solicitó entonces la práctica de pruebas forenses psiquiátricas por parte de los peritos que designara la propia Audiencia.

Los magistrados de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial aceptaron la práctica de las nuevas pruebas médicas y ordenaron el aplazamiento de la vista oral, con el objetivo de determinar si el acusado era o no imputable.

Tras realizarse estas pruebas, la Fiscalía admitió que el acusado sufre una discapacidad intelectual leve que afecta a su capacidad para discernir lo correcto de lo incorrecto, sin impedir por completo su capacidad de obrar.

Diez años de alejamiento

El acuerdo de conformidad entre la defensa y el Ministerio Público, evitó la presencia en al sala de víctima, que no tuvo que prestar declaración. La vista oral debía comenzar a las 10 de la mañana, pero la negociación entre las partes hasta alcanzar el acuerdo pospuso su celebración durante más de una hora.

Además de los cuatro años de prisión, a los que fue condenado en sentencia firme Álvaro G.P., por un delito de abusos sexuales continuados, el acusado no podrá acercarse a menos de 500 metros de la víctima, ni podrá comunicarse con ella por ningún medio, durante los próximos diez años.

La indemnización económica, de 15.000 euros, se basa en los daños morales causados a la joven. El condenado también debe asumir las costas procesales.