El tercer imputado, conocido como el "hombre del semen", ya está fuera de la causa abierta para esclarecer el asesinato de la niña Asunta Basterra, cuyo cuerpo apareció en una cuneta de Teo el pasado mes de septiembre. La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha ratificado la decisión del magistrado Vázquez Taín y desestimado un recurso de queja de los padres de la pequeña, en prisión provisional por la muerte de su hija, que rechazaban el archivo de la causa contra el joven latinoamericano cuyo semen apareció en la camiseta de la niña por una previsible contaminación en el laboratorio de la Guardia Civil en Madrid. Rosario Porto y su exmarido Alfonso Basterra, son ya los únicos sospechosos del crimen.

Ramiro Cerón Jaramillo logró demostrar que no conocía ni a la niña ni a sus padres, que nunca viajó a Galicia y que el día que mataron a Asunta él cenaba en un restaurante de Madrid con su hermana y varios amigos, a la vez que había recogido su traje de boda en unos grandes almacenes.

La madre de la pequeña, Rosario Porto, presentó un recurso contra el auto de archivo de Cerón Jaramillo dictado por el Juzgado de Instrucción número 2 de Santiago, que lleva el caso, el pasado 22 de abril. La representación procesal de la Asociación Clara Campoamor, que ejercita la acusación popular, se opuso mientras que la defensa de Alfonso Basterra se adhirió al recurso de Porto, que fue impugnado por la Fiscalía.

El auto de la Sección Sexta de la Audiencia Provincial, con sede en Santiago de Compostela, da la razón al magistrado José Antonio Vázquez Taín y confirma todos los argumentos que llevaron al juez a archivar la imputación del joven colombiano. La sala sostiene, además, que los padres de Asunta , únicos imputados en el caso, no pueden ejercer de acusación y de defensa.

La Audiencia, que declara de oficio las costas, recuerda que "en el proceso penal por delito se da un claro y tajante deslinde entre partes acusadoras y acusadas, hasta el punto que no les es lícito, a estas últimas, ejercitar acciones penales o civiles dirigidas contra las partes acusadoras y otras partes acusadas o contra terceros... incurriendo, quien obra así, en una patente falta de legitimación".

En el caso del crimen de Asunta Basterra, la sala expone que "el procedimiento se centra en un único hecho natural, acontecido, que es la muerte de la menor que resulta ser el único hecho investigado, concurriendo diversas acciones investigadas pero que se centran en un mismo hecho que es la muerte de la menor; pero ello no excluye a los acusados aquí recurrentes sobre los que si permanece y continua la imputación por ese hecho". En alusión a un auto anterior en la misma causa, dictado también por la Sección sexta reitera que "las defensas no pueden en el presente caso, mantener la doble posición procesal de acusación y defensa".