Alberto Sequenza Vila fue declarado culpable de un delito de homicidio y condenado a trece años y seis meses de prisión, además de ser inhabilitado durante el tiempo de condena y ser obligado a pagar alrededor de 180.000 euros como indemnizaciones a los familiares de su víctima -David Barreiro- y gastos del entierro y funeral. En concreto va a tener que abonar 25.000 euros a Miriam Barreiro Míguez -la hermana del fallecido- y 75.000 euros a cada uno de los progenitores de David.

Su padre, Belarmino Barreiro Lapido, indicaba ayer: "Mi condena nunca va a coincidir con la que imponga un juez porque lo que pide un padre que pierde a su hijo no puede pagarse con unos años de cárcel; a mi hijo nadie me lo va a devolver y estas son las leyes que tenemos en este país, y por tanto tenemos que conformarnos con ellas y acatarlas".

Aún desconsolado por la muerte de su hijo, hace poco más de dos años, Berlarmino Barreiro Lapido esgrime que tanto él como su esposa saben "lo mucho que tenemos que sufrir cada día; nuestra condena diaria es no tener a nuestro hijo con nosotros, mientras que las otras condenas, las que ponen los jueces, están ahí y no se puede hacer nada para cambiar la ley y la Justicia".

Una Justicia que considera probado que el 28 de abril de 2012 Alberto Sequenza Vila, que contaba 18 años de edad, inició una discusión telefónica con David Barreiro Míguez, de 20 años. Se citaron en el garaje de la vivienda de la abuela del presunto autor del crimen, en el barrio grovense de Lordelo, con el propósito de enfrentarse.

Iniciaron así una pelea en la que se agredieron mutuamente con las manos, hasta que Alberto Sequenza, "con intención de causar la muerte de David o sin importarle que esto sucediera, sacó una navaja de once centímetros de hoja que clavó en el costado izquierdo de David, penetrando de abajo arriba y en sentido oblicuo en la cabidad torácica hasta alcanzarle el corazón". Esta circunstancia "produjo la muerte casi instantánea de David", siendo éste un hecho "declarado probado por unanimidad del jurado", dice la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Pontevedra.

En la sentencia se dice también que "el ataque fue sorpresivo y sin posibilidad de defensa para David, y además éste no cogió ningún arma para agredir a su adversario o defenderse a pesar de que (en el garaje) existían herramientas".