Dos años y medio de prisión, 6.000 euros por daños morales a la víctima y orden de alejamiento durante cinco años. Esta es la condena ratificada por la Sección Quinta de la Audiencia con sede en Vigo para un hombre que durante dos años, entre 2009 y 2011 abusó sexualmente de su sobrina hasta que el padre de ésta lo descubrió por un SMS y denunció la situación. La niña tenía entonces 13 años.

El tribunal ratifica la pena impuesta por el Juzgado de Penal 1 en todos sus términos y rechaza el recurso presentado por el condenado que llegó a argumentar que no había pruebas de la que la víctima fuera menor de edad cuando se cometieron los hechos y cuestionó la credibilidad del relato de la pequeña sugiriendo que le había denunciado "por despecho" al sentirse engañada por el acusado cuando éste inició una relación sentimental.

El fallo de la Audiencia desestima todos los extremos del recurso por "falta de verosimilitud y credibilidad" en la versión del condenado. La duda que plantea sobre si la niña tenía ya 13 años, lleva a la sala a replicar que el tema no fue discutido siquiera en el juicio y la edad la confirma el DNI. Además, el tribunal recuerda que en la primera declaración de la pequeña en la Fiscalía de Menores se hace constar que tiene 13 años y los hechos se sucedieron durante los dos años anteriores.

También apoya la sala la credibilidad de la versión de la menor frente a la del imputado. Así, los magistrados descartan que la niña pretendiera hacer daño a su tío y recuerdan que no denunció por iniciativa propia sino que fue su padre, ante la casual intervención de un SMS de la niña dirigido al acusado, quien exige a la menor que le cuente lo ocurrido.

El fallo destaca que la víctima nunca quiso perjudicar a su tío. "Sus reticencias iniciales a relatar los hechos ponen de manifiesto su ánimo de proteger al acusado ya que ella se atribuye una buena parte de la culpa insistiendo en que fue iniciativa suya y consintió en todo lo ocurrido; incluso minimizando el comportamiento del reo al reiterar que se limitó a tocamientos excluyendo cualquier otro comportamiento más invasivo".

Tampoco se considera significativo el interés de la niña por las relaciones sentimentales de su tío y su manifestación de que se sintió engañada "porque la trataba como una reina en casa, pero al encontrar pareja se apartó y ya no le hacía el desayuno ni la acompañaba al colegio". El tribunal hace suyos los informes de la psicóloga forense que ve normal esta curiosidad de la niña, pues "incluso pudo haber fantaseado con el enamoramiento del acusado".

La sentencia establece que además de la declaración de la víctima sobre los abusos, existen corroboraciones periféricas de carácter objetivo que la apoyan, como las continuas llamadas telefónicas del acusado a la menor acreditadas por el listado de la compañía telefónica. Unas llamadas cuya justificación por el acusado resulta "inverosímil" . La sala sostiene que los abusos sexuales quedan confirmados definitivamente "por la llamada que el acusado hizo a la niña el 18 de agosto de 2011 y el mensaje que ella le envió para confirmar la hora del encuentro al día siguiente. Y él acudió".

Las horas de visita del acusado a la pequeña, de madrugada, son claves para la sentencia condenatoria del tribunal que no ve creíble que acudiera a la casa a las cinco de la madrugada en busca de unas facturas como aseguró. "Sus explicaciones carecen de verosimilitud", indica el fallo. El tribunal considera que "no tiene sentido que fuera a recoger facturas a esa hora, a sabiendas de que la menor estaba durmiendo. Lo cierto es que esa es la hora en que habitualmente se veían, como siempre relató la menor, aprovechando que estaba sola".

Una vez desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del condenado, se declara firme la sentencia del Juzgado de Penal 1 de Vigo: 2,5 años de cárcel y 5 de alejamiento, y 6.000 euros por daños morales.