Una vecina de Vigo, Manuela Elisabeth S.Q., ha sido condenada por el Juzgado de Penal 1 por acosar a llamadas a su excompañero sentimental e incumplir la orden de alejamiento que le impedía comunicarse y acercarse a él. La magistrada le ha impuesto una pena de seis meses de prisión, que no cumplirá al no tener antecedentes, y el pago de las costas del juicio, incluidas las de la acusación particular que ejercitó su expareja.

Manuela Elisabeth S.Q. y su compañero sentimental finalizaron de forma conflictiva su relación y el Juzgado de Instrucción 7 dictó el 2 de mayo de 2009 una orden de alejamiento que le impedía acercarse al domicilio de su novio y a éste a una distancia inferior a 50 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio.

El día 30 de mayo de aquel mismo año, Elisabeth llamó en reiteradas ocasiones a su expareja y después acudió al lugar donde trabajaba, esperándolo en la calle. Cuando salió de trabajar, sobre las 0.30 horas, la mujer se dirigió a él pidiéndole que tomara con ella un café "poniéndose agresiva", por lo que él llamó a la Policía que procedió a la detención de la joven, según recoge la sentencia entre los hechos probados.

La acusada no compareció al juicio oral para explicar lo ocurrido, pero sí lo hizo la víctima y uno de los agentes que confirmó que la detuvieron amenos de 20 metros del hombre, y un compañero del acosado que la vio mirando hacia el establecimiento donde ambos trabajaban.

La magistrada considera que no ha lugar a la responsabilidad civil que pedía el agraviado, cuyo abogado solicitó en el juicio oral 600 euros por daños morales. La sentencia no es firme y puede presentarse recurso en el plazo de diez días.

Por otra parte, el mismo juzgado penal vigués ha condenado por un delito de maltrato en el ámbito familiar al novio de una joven a la que tiró al suelo y arrastró desde el exterior de una cafetería en Baiona hasta el hostal donde se alojaban.

Aunque la joven se negó a denunciar a su pareja, Javier H.T. y aseguró que no fue agredida sino que precisó asistencia sanitaria porque se cayó al suelo, los testigos fueron contundentes. La magistrada condena al hombre a seis meses de prisión o 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad y, además, prohibe a Javier H.T. comunicarse con la joven y acercarse a menos de 200 metros durante un año y nueve meses.

Los hechos se remontan a la madrugada del 2 de octubre de 2008. La sentencia considera probado que la pareja inició una discusión en un local y él ordenó a la joven que saliera a la calle. Allí empezó a agredirla, la agarró por los pelos, la zarandeó y la tiró al suelo dándole patadas, llevándosela arrastrada al hostal.