Ni defensa propia, ni miedo insuperable a ser violado, sino culpable de dos delitos de asesinato –con ensañamiento al asestar 57 cuchilladas– y de otro delito de incendio. El veredicto del segundo jurado popular encargado de juzgar el doble crimen de dos jóvenes gais en un piso de la calle Oporto de Vigo en julio de 2006 fue unánime y contundente al declarar culpable al autor confeso de ambas muertes, Jacobo Piñeiro Rial, que en febrero del año pasado fue declarado inocente de asesinato por otro tribunal popular, cuyo veredicto fue anulado ordenándose un nuevo juicio.

El acusado escuchó impasible su condena y abandonó libremente los juzgados por la puerta de atrás a la espera de que el magistrado dicte la sentencia con la pena que deberá cumplir. Cuando se marchaba se encaró con los fotógrafos que le esperaban y les amenazó con un "te voy a reventar la cabeza", a la vez que les dedicaba una "peineta" –levantar de forma obscena el dedo corazón manteniendo la mano cerrada–.

El jurado, según el veredicto leído en la sala por el portavoz del tribunal popular, considera probado por unanimidad de sus 9 integrantes que Piñeiro asestó 57 puñaladas a las víctimas –35 a Isaac Pérez Triviño y 22 a Julio Anderson Luciano– porque quería causarles la muerte y aunque las primeras heridas fueron mortales siguió acuchillándoles lo que aumentó "deliberada e inhumanamente" el dolor de ambos.

También por unanimidad, el jurado sostiene que el asesino no actuó en legítima defensa, ni por un miedo insuperable a ser violado, ni afectado pro el alcohol o las drogas, como pedía su defensa como eximentes para que fuera absuelto por segunda vez.

El veredicto rechaza de plano las atenuantes a tenor de las pruebas y el informe de las forenses de Vigo que han resultado claves para condena: Las víctimas no pudieron defenderse y él no pudo pegar 57 cuchilladas con los dos tendones de la mano derecha seccionados. Su herida, por tanto no fue defensiva ni se produjo al desarmar a Julio como declaró, sino que se lastimó mientras se enseñaba acuchillando a sus víctimas.

Así, el tribunal popular considera probado que sobre las 4 de la madrugada del 13 de julio de 2006 asestó diversas puñaladas a Julio Anderson, dejándolo gravemente herido en el pasillo de la vivienda, y se dirigió al dormitorio de Isaac Pérez Triviño, al que apuñaló dejándolo también gravemente herido. Entonces volvió al pasillo, arrastró a Julio al salón y volvió a acuchillarlo. Regresó al dormitorio de Isaac, encontró la puerta cerrada, la derribó y acuchilló nuevamente a su víctima que se desangraba ya en el suelo.

En cuanto al incendio provocado en el piso y en los cadáveres, el jurado consideraba a Jacobo Piñeiro culpable de prender cinco focos de fuego y abrir la espita de gas de la cocina, si bien la rápida actuación de los bomberos evitó la explosión . El veredicto recoge que Piñeiro "era consciente del riesgo de que el fuego se extendiese a los restantes pisos del inmueble con peligro para sus ocupantes y, al abrir la espita del gas tenía intención de provocar una explosión".

Por mayoría (8 votos), se descartó el delito de hurto que imputaba la acusación particular al entender que el acusado se llevó una maleta llena de objetos personales de sus víctimas para simular un robo en el piso y no con ánimo de lucro.

Finalmente el jurado se muestra desfavorable a la posibilidad de que Jacobo Piñeiro se acoja a los beneficios de condena condicional y a que se solicite su indulto al Gobierno.

El magistrado de la Sección Quinta de la Audiencia con sede en Vigo decretó ayer por la tarde la comparecencia obligatoria del procesado dos veces al día como medida cautelar para evitar una posible fuga. De lunes a viernes se presentará de 9.00 a 10.00 horas en los juzgados de Cangas y por las tardes de 17.00 a 18.00 horas en Vigo. Los fines de semana comparecerá en Vigo, como hacía hasta ahora, excepto el domingo pro la tarde que cierra el juzgado.

La medida adoptada por el juez coincide con la petición de la Fiscalía. La acusación particular había solicitado prisión preventiva aunque, de no aceptarse su demanda, se sumaba a la del fiscal.