UJUÉ FOCES - VIGO
Pretendían introducir casi medio millón de cajetillas de tabaco falsificado de contrabando en un contenedor desde China ocultas entre ropa importada legalmente, pero la mercancía nunca salió de la Aduana del Puerto de Vigo donde fue incautada por el Servicio de Vigilancia Aduanera, por lo que el delito de contrabando se quedó en tentativa y la condena inicial solicitada por el fiscal se redujo sensiblemente.
La Sección Quinta de la Audiencia con sede en Vigo ha impuesto una condena de diez meses de prisión y multa solidaria de 43.000 euros a los empresarios Juan Manuel G.M. y Hugo Alberto R.L. como responsables del alijo de tabaco falsificado Marlboro intervenido en abril de 2008.
El fallo considera probado que los dos vigueses actuaron de común acuerdo y mientras que Juan Manuel G.M. financiaba la operación, Hugo Alberto R.L. constituyó la firma Larrivera Import, destinataria del tabaco intervenido.
La sala da validez a la declaración autoinculpatoria de Juan Manuel G.M, quien a su vez implicó al otro acusado asegurando que le pagó 7.000 euros para que actuara como testaferro ya que él tenía problemas con Hacienda y no podía figurar a su nombre ninguna empresa.
El financiero de la operación, que hasta el momento del juicio oral había negado cualquier participación en la operación de contrabando de tabaco, declaró en la vista que tanto él como su socio sabían que se trataba de una importación ilegal de tabaco, extremo que Hugo Alberto R.L. negó desde que fue imputado en relación con el alijo.
La autoconfesión llevó al Ministerio Público a "premiarle" reduciendo la petición de su condena frente a la de su compañero de banquillo. El fiscal, que inicialmente solicitaba dos años de prisión para cada uno por un delito de contrabando y multa de 439.000 euros (el triple del valor de la mercancía confiscada), cambió su calificación al finalizar la vista oral. El delito de contrabando de tabaco pasó a ser mera tentativa ya que la mercancía llegó a España pero no a territorio nacional porque nunca traspasó la Aduana. Así, solicitó para Hugo Alberto R.L. 18 meses de prisión y 439.000 euros de multa, y redujo la petición de pena para Juan Manuel a 13 meses de cárcel y 220.000 euros de multa al aplicarle la atenuante de confesión.
La defensa de Hugo Alberto solicitó su absolución al considerar que no sabía que el contenedor traía tabaco, o en todo caso que se le impusiera la misma pena que a su socio, como ha ocurrido. La Audiencia, tal como expusieron acusación y defensas considera que no hay ninguna deuda aduanera tributaria a Hacienda al haberse confiscado la totalidad del alijo. Los letrados, si no recurren en apelación, previsiblemente solicitarán la suspensión de la pena de cárcel. La insolvencia de los acusados, de demostrarse, evitaría el abono de la multa.