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Absueltos los dos médicos juzgados por presunta negligencia en la asistencia a una niña de Marín

La menor, operada de un ganglio en el cuello, sufrió daños y hubo que amputarle una falange del pie

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U. FOCES - VIGO El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Vigo ha absuelto a un pediatra de Pontevedra y a un cirujano vigués especializado en niños acusados de un delito de presunta negligencia médica en el caso de una menor de 2 años de Marín que sufrió un shock que afectó a varios órganos de la paciente horas después de someterse a la operación de un ganglio en el cuello y ser dada de alta en una clínica viguesa.

La sentencia les absuelve del delito de lesiones imprudentes del que fueron acusados por el fiscal y los padres de la niña que entró en coma en 2003, estado en el que permaneció tres meses, tras serle diagnosticada una tuberculosis ganglionar.

Según el fallo, los facultativos actuaron correctamente y los problemas que presentó la menor eran "imprevisibles". El dictamen judicial recoge, además, que tanto la actuación del pediatra como del cirujano fueron correctas y establece que la "conducta" de los dos médicos "no es merecedora de sanción penal alguna".

La acusación solicitaba para uno de los médicos un año y seis meses de prisión, mientras que para el segundo facultativo se pedían dos años de cárcel, por los daños sufridos por la menor, a la que le quedaron secuelas y hubo que amputarle una falange del pie.

El fallo resalta que la principal prueba de cargo pericial, el informe del forense, presenta contradicciones, pues él mismo pone de manifiesto en la instrucción que carecía "de la capacidad necesaria para realizar la pericial encomendada". El juez sostiene que esto llevaría sin más a la absolución de los acusados, pero hubo más periciales que permiten concluir que "la actuación de los acusados no sólo no fue negligente sino correcta y la que demandaba el caso".

La sentencia ha sido considerada por la defensa de los médicos "contundente" . "La prueba de cargo era el informe forense y la denuncia debió archivarse en instrucción", aseveran. Para el letrado de la familia de la menor, que dispone de 10 días para recurrir ante la Audiencia de Pontevedra, la sentencia "chirría". "La respetamos pero no la compartimos. No valora toda la prueba médico forense –el único perito imparcial– ni nuestra prueba pericial, sólo la de la parte contraria. No estamos de acuerdo ni con el análisis del cirujano ni con el que se hace de la asistencia inicial en el Hospital de Pontevedra", concluye.

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