La Audiencia de Pontevedra ha absuelto por falta de pruebas a los ocho acusados de tráfico ilegal de extranjeras para la prostitución en clubes de Silleda y da un duro varapalo a la instrucción del sumario en la denominada “Operación Mami”. Contra la resolución cabe la interposición de recurso de casación en cinco días.

La sentencia deja libre de cargos a Arsenio J.C. (nacido en Lalín en 1952); Marcelino G.B. (Vila de Cruces, 1947); Amandio D.L. (Paços de Ferreira-Portugal, 1960); José Luis T.L. (Silleda, 1949); Vanessa Andrea M.O. (Cartago Valle-Colombia, 1973); Ermitas G.F. (Vilalba-Lugo, 1973); José Enrique V.L. (Ordes-A Coruña, 1966); y Mariano D.R. (Pobra de Brollón-Lugo, 1976). Salvo éste, vecino de Vigo, y Amandio D.L., de Lalín, los demás tienen su residencia en Silleda.

El fiscal pedía 11 años de cárcel para los tres primeros por un delito contra el derecho de los ciudadanos extranjeros y tráfico ilegal de personas y por otro relativo a la prostitución. De este último delito se acusaba también a la novia de Arsenio, Vanessa M.O., y a los camareros Ermitas G.F. y José Enrique V.L. El taxista José Luis T.L. se enfrentaba a 3 años como cómplice de tráfico ilegal de ciudadanos extranjeros y el subinspector de trabajo Mariano D.R. y Arsenio J.C., por delito de cohecho, a multas de 2.100 euros. Además, el fiscal solicitaba la disolución de las sociedades y la clausura por cinco años de los clubes Tris Tras, de Chapa (Silleda), y Lewinski, de A Baña. Las defensas habían solicitado la libre absolución de todos ellos.

Los hechos probados del fallo recogen que las chicas se prostituían en los clubes “careciendo de permiso de residencia y de trabajo”, pero “no ha quedado acreditado que Arsenio, Amandio y Marcelino o sus sociedades hubieran realizado actos para conseguir, facilitar o favorecer su entrada en España”. Tampoco ha quedado acreditado, según el tribunal, que las mujeres “hubieran sido engañadas”, que “ejercieran en contra de su voluntad, ni que por los acusados se emplearan contra ellas cualquier género de violencia o coacción para obligarlas” a prostituirse.

Subinspector de Trabajo

Figura también como hecho probado que Arsenio gestionó la regularización de alguna de las mujeres de alterne, concretamente de “aquellas que tenían una más estrecha relación con él”, y que tuvo asesoramiento del subinspector de trabajo Mariano D.R., a quien “pretendía pagar la reforma de la cocina de un piso en Moaña por un precio de 7.000 euros”.

El tribunal aplica el principio in dubio pro reo, ya que no se demuestra que hubiese un ofrecimiento de pago y menos aún aceptación por parte del funcionario, que incluso llegó a abonar parte de la factura, que, sin embargo, había sido emitida a nombre del Tris Tras.