EFE
La Sección Cuarta de la Audiencia de Pontevedra ha condenado a 19 años de cárcel a Bernardo L.A.M., un ciudadano uruguayo de 36 años, por haber acuchillado a su ex pareja sentimental y al hijo de ésta cuando intentó ayudarla. Los hechos tuvieron lugar en la Nochebuena de 2006.
La sentencia, emitida hoy, condena al acusado por un delito de asesinato en grado de tentativa, por el que tendrá que cumplir 12 años, y otro de homicidio en grado de tentativa, delito por el que deberá pasar en prisión otros siete años.
Además, tendrá que indemnizar a su ex compañera sentimental con 3.376 euros por las lesiones que le causó y 60.000 euros por las secuelas. También tendrá que pagar 3.376 por las lesiones al hijo de la víctima a quien tendrá que indemnizar, además, con 25.000 euros.
Será inhabilitado 20 años para portar armas se le ha prohibido acercarse a su ex pareja durante 14 años y al hijo de ésta durante diez.
La sentencia da por probado que el acusado que en la Nochebuena de 2006, tras cenar en casa de unos familiares, el acusado y las víctimas volvieron a casa y fue entonces cuando su pareja sentimental se negó a mantener relaciones sexuales, tras lo que la acuchilló sobre la cama. Cuando su hijo intentó ayudarla, recibió también varias puñaladas. Ambos fueron rescatados por los vecinos y trasladados a un centro de salud.
A pesar de que el acusado aseguró en el juicio que había bebido mucho en la cena de aquella noche y que esto le había provocado una pérdida de consciencia sobre sus actos, la sentencia insiste en que "la ingesta alcohólica no ha influido en sus facultades intelectivas y volitivas" ya que así lo declararon los policías que acudieron a la vivienda tras los hechos. "Aseguraron que el acusado le pareció normal y bastante frío y en ningún caso borracho".
En la sentencia se matiza, además, que no se aprecia que el procesado tuviera un trastorno psiquiátrico que pudiera verse influido por la bebida ya que así lo confirmó un perito psiquiatra. "No hemos detectado patología neurológica en el procesado".
Considera el tribunal que el acusado intentó matar a su ex pareja, ya que una de las cuchilladas pudo provocar su fallecimiento, en concreto, la que le propinó en la lengua, "por asfixia por el sangrado abundante".
Además, en la sentencia se matiza que el acusado se aprovechó de la oscuridad de la habitación para ejecutar "un ataque sorpresivo" y sin ninguna defensa por parte de la víctima "que no se esperaba el ataque del procesado". Éste es el motivo por el que se aplica la agravante de alevosía.
En el caso del hijo de la víctima, fue agredido, según el texto de la sentencia, cuando fue a defender a su madre y, tras recibir varias puñaladas por parte del acusado, salió de la vivienda para solicitar ayuda a sus vecinos.
Finalmente, también rechaza el tribunal la eximente de legítima defensa en relación a la pelea que tuvo con el hijo de su pareja sentimental, "ya que no se tuvo que defender de él sino, al revés, el joven acudió en defensa de su madre".