Además de la privación de libertad como autor de un delito de agresión sexual agravada y de otros dos básicos de agresión sexual, la Sala Tercera de la Audiencia ha impuesto al hombre, de 27 años, la prohibición de aproximarse durante una década a la víctima, a la que deberá indemnizar en 12.000 euros, según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.

Los hechos ocurrieron el 9 de junio de 2006, cuando la mujer, de 29 años y que padece esquizofrenia y presenta una minusvalía del 72 por ciento, se encontraba en las inmediaciones de un centro comercial de El Ejido esperando a su hermano, con quien debía encontrarse sobre las 22.00 horas.

Mientras aguardaba, se cruzó con dos ciudadanos marroquíes que la agarraron del brazo y la llevaron a un invernadero en el que varios inmigrantes, entre ellos el procesado, estaban bebiendo cervezas.

Al tratar la mujer de abandonar el lugar, los tres hombres que aún permanecían en él le cerraron el paso y le dijeron que le iban a realizar tocamientos, algo a lo que se negó, momento en el que uno la tiró al suelo, le bajó los pantalones y la penetró analmente mientras la víctima trataba de zafarse de su agresor, según la sentencia.

Una vez que concluyó esta primera violación, durante la cual los otros dos ciudadanos marroquíes miraban y se reían, éstos agredieron sexualmente a la mujer en los mismos términos que el anterior, pese a la fuerte oposición que ésta opuso a tenor de las múltiples erosiones que, después de los hechos, presentaba prácticamente por todo el cuerpo.

Consumadas las agresiones y fingiendo que quería ir a orinar, la mujer pudo marcharse del invernadero perseguida por sus tres agresores, que no pudieron darle alcance al pasar por el lugar el hermano de la víctima, que llevaba horas buscándola y que la encontró "corriendo y muy nerviosa".

El hermano de la mujer pudo entonces retener al procesado, quien, sin embargo, logró escapar, aunque posteriormente fue apresado por las Fuerzas de Seguridad del Estado, que no lograron encontrar a los otros dos implicados en los hechos.

Durante la vista oral por esta causa, el acusado -en prisión provisional desde el 10 de junio de 2006- reconoció que había mantenido relaciones sexuales con la mujer, algo que había negado durante la instrucción, pero defendió que habían sido consentidas.

El cambio en la versión del hombre, a la que la presidenta de la Sala no dio crédito, estuvo motivado por las pruebas periciales practicadas, que arrojaron la presencia de su semen en las muestras tomadas a la víctima, además de que también presentaba lesiones compatibles con los hechos considerados probados.

La sentencia resalta la verosimilitud de la declaración prestada por la víctima, que, desde el inicio de la instrucción hasta el acto de juicio oral, narró siempre en los mismos términos el episodio "intimidante" y de auténtico "temor" que vivió.