Era una sentencia muy esperada. Y nada más conocerse ya ha generado polémica. La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a penas que suman 107 años de prisión a los cuatro integrantes de la red de pedófilos de Nanysex: el joven al que se conoce con este apodo y líder del grupo, Álvaro I. G., ha sido castigado con 58 años de cárcel, mientras que al ourensano José G. C., apodado Aza, se le han impuesto 31 años y seis meses de prisión. Los otros dos condenados son Eduardo S. M. (14 años y seis meses) y Antonio O. M. (3 años). Las indemnizaciones a los menores suman 700.000 euros. Las penas están muy por debajo que las planteadas por el fiscal (que por ejemplo solicitaba 175 años para Nanysex y 86 para Aza) y, a la espera de conocer la decisión de la acusación pública, uno de los abogados que representa a varios menores víctimas de abusos anunció que recurrirá ante el Tribunal Supremo al considerar las condenas insuficientes. Hubo más reacciones: el Defensor del Menor de Madrid tildó de "inadmisible" el fallo y demanda una reforma del Código Penal para que se endurezcan este tipo de castigos.

La sentencia recoge uno de los casos más espeluznantes de pederastia de los últimos años ya que algunas de las víctimas sólo eran bebés y los abusos eran grabados y colgados en Internet. La condena más alta es para Nanysex, que entre 2002 y 2004 abusó de 5 niños de 1 a 3 años en Madrid y Murcia valiéndose de su condición de canguro: el tribunal lo considera autor de 5 delitos continuados de abusos sexuales -con la atenuante de colaboración con las autoridades y la agravante de abuso de confianza- y otros 6 de corrupción de menores. Al ourensano, que también cometió los abusos cuando cuidaba de dos niños de 6 años en un piso en Vigo, se le imponen 2 de abusos y 3 de corrupción de menores.

En contra del criterio del fiscal, la sala califica los delitos de abusos de continuados, en vez de contemplarlos de manera individual, lo que supone una menor condena. Y difiriendo del criterio de las acusaciones particulares, no contempla la agresión sexual porque "no se ha acreditado que haya existido violencia física o intimidación", si bien reconoce que "en algunos casos se aprecia como un procesado [Nanysex] sujeta a alguno de los niños con sus manos la cabeza" para vejarle.

Las condenas responden a varios criterios: la "gravedad de los delitos", la "naturaleza y contenido de los actos" -recuerda que no hubo sólo "tocamientos", sino otros abusos como penetraciones- o la corta edad de las víctimas. La Audiencia, que resalta que tres de los procesados aprovecharon estos "actos depravados" para grabarlos y distribuirlos después en Internet, califica las imágenes de "degradantes" y destaca la "grandísima alarma social" de estos hechos, por lo que el Estado debe actuar de forma "firme".