La sentencia de la Sección Primera, a la que tuvo acceso Europa Press, considera al joven, natural de Ghana, autor de un delito de lesiones por los que deberá pagar a la víctima 2.160 euros por los días en los que estuvo incapacitado para trabajar y otros 6.000 euros en concepto de indemnización por las secuelas derivadas de la amputación.

El tribunal da por probado que P.A., pese a tener sus facultades volitivas y cognitivas gravemente afectadas por causas que no especifica el fallo, se dirigió a las 15.00 horas del 17 de diciembre de 2005 a la vivienda de E.H.L., ubicada en Roquetas de Mar.

Una vez allí, y tras discutir con él a causa de la propiedad de un vehículo, comenzó a morder al joven marroquí y le amputó la falange distal del segundo dedo de la mano derecha, herida por la que precisó tratamiento quirúrgico con baja laboral de 54 días y le generó como secuela la pérdida de movilidad y un muñón con un perjuicio estético que la sentencia valora como "ligero".