Ángel Martínez Pérez "Lito", el magnate de las orquestas en Galicia, quien a través de un entramado de empresas llegó a controlar entre el 50 y 60% del pastel de las verbenas en la comunidad, ha ganado su primera batalla en los tribunales ante las múltiples investigaciones abiertas por Hacienda y la Fiscalía contra él y su red empresarial por supuestos delitos de fraude fiscal.

Tras un primer juicio ante la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra en el que resultó condenado a una pena de doce años de prisión por declarar apenas un 9% de un volumen de negocio de unos 25 millones anuales, ahora el magistrado titular del juzgado de lo Penal 1 de Pontevedra acaba de absolver al "rey de orquestas" en Galicia, como autor de otros dos delitos fiscales de los que venía siendo acusado el Ministerio Fiscal. En este caso se investigaban los ingresos generados por la orquesta Filadelfia. Esta causa, que llevó a "Lito" a juicio el pasado mes de diciembre junto a otras dos personas, no tenía la entidad del anterior y principal proceso en su contra, pero el Fiscal solicitaba una pena de cuatro años y seis meses de prisión por los ingresos obtenidos por las actuaciones de esta orquesta en 2011 y 2012. En total, se estimaba la cantidad que se dejó de ingresar a Hacienda en 284.000 euros, muy lejos de los 9,5 millones defraudados a través de la empresa Representaciones Lito según la histórica sentencia dictada en marzo por la Audiencia. Un fallo que, en cualquier caso, cabe recordar que la defensa de Ángel Martínez Pérez, que ejerce el abogado Carlos Seoane, ha recurrido ante el Tribunal Supremo.

En este caso, Fiscalía y Abogacía del Estado presentaban acusación contra tres personas (además de "Lito" se procesó a Manuel Álvaro Villamaña Méndez y Miguel Ángel García Souto, que también resultan absueltos) por ser propietarios al 33,3% de la orquesta y no tributar por sus rendimientos económicos.

Pese a que la cuantía que se reclamaba al empresario por parte de Hacienda era menor que en otros procesos, no deja de ser una victoria judicial importante para Martínez Pérez, entre otras cuestiones al considerar el magistrado que no existen pruebas válidas de la comisión de delitos fiscales. Y es que la sentencia se basa en la nulidad del registro (autorizado por un juez de lo contencioso-administrativo) que la Agencia Tributaria hizo en las oficinas de Representaciones Lito en donde se encontró la documentación que, a juicio de la AEAT, demostraba que los acusados eran propietarios de la orquesta Filadelfia. Este registro estaba limitado a una serie de sociedades (Representaciones Lito SL -que a su vez fue la empresa condenada en el anterior proceso), Producciones Artísticas Lito SL, Soner Sonido e Iluminación, Escenarent, Esmuli, Centro Deportivo La Condesa) y para unos impuestos (IVA y sociedades de los años 2009 a 2012) pero no así amparaba la obtención de documentación referente a otras sociedades y personas físicas como los aquí investigados (orquesta Filadelfia y los tres acusados como personas físicas).

La sentencia anula el registro, "para este procedimiento", porque afectó a personas no mencionadas en el auto que autorizó el registro (entre ellas, los acusados); y además el magistrado señala irregularidades como que no se levantó acta reflejando la documentación intervenida, no hay relación de documentos intervenidos, no hay rastro de comunicación al juez contencioso del resultado de la prueba afectando a otras empresas y terceros, entre otros. Anulada esta prueba, el magistrado considera que no hay más indicios para sustentar la acusación por delito fiscal. El magistrado señala, entre otras cosas, que los funcionarios que llevaron a cabo el registro "debieron ser más cautos a la hora de identificar, clasificar, recoger y discriminar la documentación a intervenir".