"Las claúsulas suelo no son ilícitas de por sí, solo si son abusivas", precisó ayer el doctor en Economía y abogado Carlos Mantilla, durante la mesa redonda que mantuvo ayer en Club FARO con la economista y máster en Asesoría Financiera Esperanza Meroño, que estuvo conducida por el presidente del Colegio de Economistas de Pontevedra, Juan José Santamaría. "Pero si la cláusula es abusiva, es nula de pleno derecho", añadió Mantilla en relación a la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europea a finales del año pasado. Todos matizaron que la nulidad de las cláusulas solo afecta al consumidor, no a pymes o autónomos cuya finalidad del préstamo está asociado a actividades económicas.

Los tres expertos desgranaron los porqués de la situación actual con las cláusulas suelo asociadas a préstamos hipotecarios y también cómo actuar ante el presente "galimatías".

Mantilla dio claves para identificar las posibles condiciones abusivas, que relacionó con la falta de transparencia de la entidad bancaria a la hora de explicarlas, abuso de poder, o incluso la ocultación. La experta en asesoramiento financiero, Meroño, priorizó la reclamación al banco por escrito -acogiéndose al Real Decreto promulgado por el Gobierno- como vía previa a la demanda judicial. A partir de ese momento, la entidad tendría tres meses para plantear una solución al demandante, con el desglose de cuentas elaborado y la cuantía económica; y éste, quince días para mostrar la aceptación o rechazo de las mismas. La solución bancaria tiene que ser aportada siempre por escrito, no vía telefónica, según los ponentes.

El banco puede dar un no por respuesta, al negar que hubo cláusula suelo abusiva, plantear una cantidad de compensación económica con efecto retroactivo -como marcó el Tribunal europeo- u otra oferta como un producto financiero o renegociar el tipo de interés. Ese último punto, el de los cálculos, es el más conflictivo identificado por la experta. Eso sí, en caso de que se opte por una demanda, bien argumentada, el proceso "va a alargarse, pero el cliente va a recibir una cantidad mayor y que va a cubrir las costas judiciales", explicó Maroño.

Según los expertos, la única dificultad del proceso radica en poder verificar los cálculos que los bancos están obligados a proporcionar a los solicitantes de devolución de intereses excedidos y de amortizaciones de capital no practicadas. "Suelen hacer una propuesta, no mostrar las cuentas", añadió un afectado que se encontraba en el público. Ahí juega en contra que el demandante se para a valorar el coste que tendría asumir las costas judiciales.

La política expansiva del Banco Central Europeo a partir de 2014 ha dado lugar a sucesivas bajadas del tipo de interés y, en concreto, del euríbor (el índice de referencia). Como consecuencia, los tipos de interés de las hipotecas han descendido por debajo de los límites mínimos conocidos como cláusulas suelo, fijados en muchas escrituras públicas de las hipotecas, respecto la variabilidad de los intereses de préstamos con garantía real o hipotecaria.

Con este precedente, primero el Tribunal Supremo español anuló dichas condiciones como abusivas en la contratación con consumidores en 2013 a consecuencia de una demanda colectiva de Ausbanc, pero sin efectos retroactivos. Después, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea corrigió al Supremo, declarando la retroactividad de tales condiciones abusivas.

Y por su parte, el Gobierno de España decidió desjudicializar la problemática, para evitar el colapso de la Justicia como había ocurrido con las obligaciones subordinadas y las acciones preferentes. A través de un Real Decreto, instrumenta una herramienta extrajudicial de reclamación bancaria. Se abre la posibilidad de que se alcancen acuerdos entre la banca y los prestatarios, mediante un procedimiento relativamente sencillo.

De hecho, según trajo al debate Carlos Mantilla, dos afectados de Ourense que participaron en la querella de Ausbanc y luego reclamaron de forma individual, lograron la retroactividad de la cláusula abusiva muy recientemente.

La única dificultad radica en poder verificar los cálculos que los bancos están obligados a proporcionar a los solicitantes de devolución de intereses excedidos. Y ahí recobran importancia los expertos asesores en matemáticas financieras: titulares mercantiles y economistas, según defendieron los ponentes. Otras herramientas del cálculo financiero consultadas por los asistentes al Club FARO no cosecharon tanta fiabilidad, entre los expertos en la mesa.