El Ministerio de Justicia ha dado marcha atrás y las personas con discapacidad visual o auditiva no tendrán que presentar un dictamen médico para casarse, tal y como establece en su artículo 56 el nuevo Código Civil, que entrará en vigor el 30 junio próximo. Dicho artículo, publicado en el BOE en julio de 2015, reza: “Si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias mentales, intelectuales o sensoriales, se exigirá por el secretario judicial, notario, encargado del Registro Civil o funcionario que tramite el acta, expediente o dictamen médico sobre su aptitud para prestar el consentimiento”.

Este requisito despertó el malestar de las organizaciones que trabajan con personas con necesidades especiales. De hecho, el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) reclamó al Parlamento que modificara el polémico artículo y propuso un texto alternativo que no discriminara a los ciudadanos que sufren discapacidad.

Justicia anunció ayer que trabaja en una resolución urgente en forma de circular que será emitida por la Dirección General de los Registros y del Notariado, para una aplicación “restrictiva, excepcional y limitada” de la Ley vigente a partir del próximo 30 de junio, de manera que sólo pueda aplicarse “si alguno de los contrayentes estuviere afectado por deficiencias o anomalías psíquicas”.

Según el ministerio, dicho texto explicitará que este dictamen médico sólo se refiere a supuestos muy excepcionales, es decir, aquellos en los que la discapacidad es muy grave y muy extrema y la persona no tiene plenas facultades para prestar el consentimiento de matrimonio de forma voluntaria. Por ejemplo, afectaría a una persona sorda y ciega de nacimiento o una persona con una discapacidad psíquica muy grave que no es autónoma y que depende de otra persona para hacer absolutamente todo.

El CERMI, la ONCE (Organización Nacional de Ciegos Españoles), CNSE Confederación Estatal de Personas Sordas (Confederación Estatal de Personas Sordas) y Fiapas (Confederación Española de Familias de Personas Sordas) también trabajan para revocar esta medida porque entienden que la nueva redacción del Código Civil “contraria” a los preceptos de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España, que establece que los Estados Partes reafirman que las personas con discapacidad tienen derecho en todas partes al reconocimiento de su personalidad jurídica y que tienen capacidad jurídica en igualdad de condiciones con las demás, en todos los aspectos de la vida.

“La modificación puede ir para largo y puede pasar que un notario de Lalín quiera cumplir la ley y no registre a un ciego, así que Justicia va a enviar una resolución urgente a todos los registros para aclarar este tema”, afirma un portavoz de la ONCE.

Por su parte, María Teresa López, coordinadora de la Federación de Asociaciones de Personas Sordas de Galicia (FAXPG), también condena firmemente este articulado. “Nos enteramos hace unos días y por supuesto no estamos de acuerdo. Hasta ahora las personas sordas podían casarse sin problema ni dictamen médico porque tienen toda la capacidad de obrar”.

Beatriz Novoa, miembro de la directiva de la Asociación de Padres de Sordos de Vigo y madre de una niña sorda de 11 años, acogió ayer con sorpresa la normativa que incluía el nuevo Código Civil. “Una persona sorda lo único que no puede hacer es oír, pero no necesita ningún certificado especial para casarse ni que nadie decida por ella porque tiene la misma capacidad que cualquier persona para tomar sus decisiones”, afirma.