El Tribunal Supremo acaba de avalar con una sentencia la obligación de cuatro abuelos gijoneses de abonar a su nieta una pensión de alimentos de 250 euros mensuales (135 los abuelos paternos y 115 los maternos) al considerar probado que los padres de la menor, divorciados, carecen de recursos económicos para atenderla. La denunciante, que es la madre, cobra una pensión de minusvalía mientras que el padre no tiene trabajo y -en palabras de los magistrados de la Audiencia Provincial que se encargaron en primera instancia de dirimir judicialmente el asunto- "tiene pocas posibilidades de conseguirlo dados los problemas mentales que padece". Este caso gijonés, que saltó a la actualidad hace casi dos años, ha obligado al Supremo a posicionarse sobre hasta dónde llegan las obligaciones de los abuelos en un divorcio con hijos de por medio.

"Para que se cree jurisprudencia se necesitan dos sentencias del Supremo pero es cierto que con este fallo hemos conseguido abrir brecha para muchos otros procedimientos similares", reflexionó Santiago León, el abogado que presentó la demanda para la petición de la pensión.